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1. INSTITUCIONAL

El Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A. (ITER) se constituyó el 27 de diciembre de 1.990, como sociedad anónima mediante escritura otorgada ante el Notario D. Federico Nieto Viejobueno, nº 3.383 de protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia en el Tomo 699, Folio 28, Hoja TF-1.257, Inscripción primera.

Su domicilio social se encuentra establecido en el Polígono Industrial de Granadilla, s/n, 38600, San Isidro-Granadilla de Abona, Santa Cruz de Tenerife.

La Sociedad tiene por objeto social la promoción, desarrollo y potenciación de actividades científicas, técnicas y económicas en el campo tecnológico y en el de las energías renovables que contribuyen a disminuir la dependencia del petróleo importado, conseguir precios estables y competitivos de la energía y garantizar suministros energéticos mínimos para la producción y elevación de agua potable ante situaciones excepcionales.

Le están especialmente encomendadas dentro de su objeto social, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Realizar y promover cualquier tipo de investigación aplicada en el campo de las energías renovables o relacionada con ella
  2. Desarrollar sistemas técnicos que permitan el aprovechamiento de las energías renovables
  3. Coordinar los proyectos I+D que en el campo energético se realicen en Canarias y estudiar las interrelaciones con temas afines
  4. Crear la infraestructura necesaria para el desarrollo de la ingeniería, la industria local y las investigaciones en otras áreas
  5. Explotación de los resultados por parte de la industria local y exportación Know-how a otros países y archipiélagos
  6. Fomentar las relaciones con la comunidad científica nacional e internacional
  7. Formar y capacitar personal científico y técnico en todos los campos relacionados con las energías renovables
  8. La explotación de las denominadas «Casas bioclimáticas» del ITER. S.A., como establecimiento alojativo de turismo.
  9. La creación de infraestructuras, formación y capacitación de personal científico y técnico y explotación como actividad industrial y mercantil de los recursos de la empresa en el ámbito de la biotecnología.

El Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A. (ITER) se constituyó el 27 de diciembre de 1.990, como sociedad anónima mediante escritura otorgada ante el Notario D. Federico Nieto Viejobueno, nº 3.383 de protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia en el Tomo 699, Folio 28, Hoja TF-1.257, Inscripción primera.

Su domicilio social se encuentra establecido en el Polígono Industrial de Granadilla, s/n, 38600, San Isidro-Granadilla de Abona, Santa Cruz de Tenerife.

La Sociedad tiene por objeto social la promoción, desarrollo y potenciación de actividades científicas, técnicas y económicas en el campo tecnológico y en el de las energías renovables que contribuyen a disminuir la dependencia del petróleo importado, conseguir precios estables y competitivos de la energía y garantizar suministros energéticos mínimos para la producción y elevación de agua potable ante situaciones excepcionales.

Le están especialmente encomendadas dentro de su objeto social, entre otras, las siguientes actividades:

a) Realizar y promover cualquier tipo de investigación aplicada en el campo de las energías renovables o relacionada con ella

b) Desarrollar sistemas técnicos que permitan el aprovechamiento de las energías renovables

c) Coordinar los proyectos I+D que en el campo energético se realicen en Canarias y estudiar las interrelaciones con temas afines

d) Crear la infraestructura necesaria para el desarrollo de la ingeniería, la industria local y las investigaciones en otras áreas

e) Explotación de los resultados por parte de la industria local y exportación Know-how a otros países y archipiélagos

f) Fomentar las relaciones con la comunidad científica nacional e internacional

g) Formar y capacitar personal científico y técnico en todos los campos relacionados con las energías renovables

h) La explotación de las denominadas «Casas bioclimáticas» del ITER. S.A., como establecimiento alojativo de turismo.

i) La creación de infraestructuras, formación y capacitación de personal científico y técnico y explotación como actividad industrial y mercantil de los recursos de la empresa en el ámbito de la biotecnología

La Entidad es Sociedad Dominante del Grupo denominado Grupo ITER y deposita las cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife. Las últimas cuentas anuales formuladas han sido las correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2023.

A 31 de diciembre de 2023 se ha efectuado la consolidación de las sociedades integrantes del Grupo. Las sociedades que conforman el perímetro de consolidación, así como los porcentajes de participación mantenidos directa o indirectamente por la Sociedad Dominante y los métodos de consolidación aplicados, son los siguientes:

SOCIEDAD% ParticipaciónMétodo de consolidación
INSTITUTO TECNOLOGICO Y DE TELECOMUNICACIONES DE TENERIFE, SL100 %Integración global
CANARIAS SUBMARINE LINK, SL100 %Integración global
INSTITUTO VOLCANOLOGIO DE CANARIAS, SA100 %Integración global
SOLTEN II GRANADILLA, SA21,76 %Puesta en equivalencia
EVM2 ENERGIAS RENOVABLES, SL30 %Puesta en equivalencia
ENERGIA VERDE DE LA MACARONESIA, SL39,94 %Puesta en equivalencia
EOLICAS DE TENERIFE AIE50 %Puesta en equivalencia

El Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A. (ITER, S.A.) como empresa del Sector Público pone a disposición de la ciudadanía este espacio con el objetivo de informarla acerca de la actividad que realiza la empresa, en cumplimiento de su responsabilidad social  y en virtud del principio de transparencia inherente a una sociedad democrática avanzada.Con esta nueva ventana abierta al público ITER, S.A. ofrece información completa, veraz y actualizada sobre los temas principales de su actividad y su gestión. Aquí el ciudadano podrá encontrar información relativa tanto al ámbito económico, como organizativo o al normativo así como información sobre convocatorias de empleo o sobre licitaciones. A la vez que, a través del buzón de transparencia se establece un procedimiento por el que todos aquellos interesados pueden solicitar y obtener, en su caso, la información deseada, garantizando en todo momento la preservación de los datos especialmente sensibles de acuerdo con la normativa vigente en materia de Protección de Datos.Este espacio intenta dar respuesta a la demanda de información de la sociedad, conforme a las obligaciones definidas por la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; marcada además por la responsabilidad y los compromisos definidos en el Código de Buen Gobierno del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en el que la Corporación insular incorpora los fundamentos del modelo de Gobierno Abierto, que establece como pilares garantes de su funcionamiento los principios de transparencia, participación y colaboración con la ciudadanía, para reforzar el sistema democrático y mejorar su calidad, dando una mayor legitimidad a las decisiones y actuaciones públicas.

Última actualización 27/02/2025

2. organizativa

Estructura orgánica. Órganos de Gobierno, de Dirección o de Administración.

Miembros del Consejo de Administración

  • Doña ROSA ELENA DÁVILA MAMELY. Presidenta
  • Don JUAN JOSE MARTÍNEZ DÍAZ. Vicepresidente
  • Don URBANO MEDINA HERNÁNDEZ
  • Don LOPE DOMINGO AFONSO HERNÁNDEZ
  • Don MANUEL FERNÁNDEZ VEGA
  • Doña ALICIA CONCEPCIÓN LEIRACHÁ
  • Don LUIS LÓPEZ-PEÑALVER ABREU
  • Don AARON AFONSO GONZÁLEZ
  • Don NAIM VALERIO YÁNEZ AFONSO
  • Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA RODRÍGUEZ
  • Doña MARÍA CANDELARIA PADRÓN GONZÁLEZ.
  • Don GUAYARMINA ELISA PEÑA GARCÍA en representación del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC)

Director Técnico y de Gestión:

  • Don CARLOS SUÁREZ RODÍGUEZ desde el 18/12/2024.

Secretaria no Consejera:

  • DOÑA MARINA WANGÜEMERT PÉREZ

Letrado Asesor de la sociedad:

  • DON JOSÉ ANTONIO DUQUE DÍAZ

Competencias y funciones

La Sociedad será regida y administrada por:

  • LA JUNTA GENERAL:

Sus funciones serán:

  1. Nombramiento y separación de los miembros del Consejo de Administración así como la determinación de su número.
  2. Aumento o disminución del capital.
  3. Modificación del Acta de constitución y los Estatutos.
  4. La fijación del importe de las dietas a percibir por los miembros del Consejo de Administración y del Secretario sin perjuicio, en su caso, de la determinación del sistema retributivo de sus componentes.
  5. Nombramiento de los interventores que habrán de firmar el acta de las sesiones de la Junta. – Acordar la supresión total o parcial del derecho de suscripción preferente en los casos de aumento de capital.
  6. Constitución de reservas voluntarias.
  7. Establecimiento del valor contable de la acción.
  8. Cualquier proposición que haya motivado su reunión y se haga constar en la convocatoria
  • EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:

Sus funciones serán:

  1. Representar con plena responsabilidad a la Sociedad en cualquier clase de actos y contratos, en juicio y fuera de él, ante terceras personas, Estado, Comunidades Autónomas, Provincia, Municipio, Sindicatos, Juzgados y Tribunales de cualquier orden y jurisdicción, oficinas y organismos administrativos y de cualquier otra naturaleza.
  2. Nombrar y separar al Presidente y Vicepresidente del propio Consejo, así como al Secretario.
  3. Nombrar y separar al Gerente y a todo el personal de la Sociedad, cualquiera que sea su clase y categoría, fijando sus facultades, deberes, retribuciones y dietas.
  4. Organizar, dirigir e inspeccionar toda clase de servicios, obras e instalaciones.
  5. Adquirir, gravar, ceder y enajenar, por cualquier título, bienes muebles, inmuebles, derechos y acciones; constituir, modificar y cancelar arrendamientos, depositar prendas, hipotecas, servidumbres y cualquier otro derecho real; acordar, otorgar y formalizar, activa o pasivamente, operaciones de crédito personal o pignoraticio e hipotecario; adquirir y ceder títulos de otras empresas; concurrir a subastas y concursos, hacer proposiciones y, en general, otorgar toda clase de contratos civiles, mercantiles, administrativos y de cualquier otra naturaleza, sin limitación alguna, y solicitar su inscripción y toma de razón en los registros y oficinas competentes.
  6. Solicitar, obtener, adquirir, ceder y explotar concesiones, patentes, privilegios y licencias
  7. Reclamar, percibir y cobrar cuanto por cualquier concepto o causa se adeude o deba percibir la Sociedad.
  8. Librar, aceptar, endosar, negociar, transmitir, avalar, intervenir y protestar letras de cambio y toda clase de documentos de giro y crédito.
  9. Establecer las directrices de administración y contabilidad de la sociedad, acordar el establecimiento, reforma o suspensión de centros de trabajo de la Sociedad, en los lugares que tuviere por conveniente.
  10. Convocar las Juntas Generales, ordinarias y extraordinarias de accionistas, proponer sus acuerdos y, entre ellos, la distribución de beneficios y ejecutar los que hubieran adoptado.
  11. Disponer de los fondos y bienes sociales, constituir cuentas corrientes bancarias, bien en metálico, créditos y valores, y retirar metálico o valores de los mismos, y en general, realizar toda clase de operaciones bancarias con entidades nacionales o extranjeras.
  12. Conferir y revocar poderes a personas determinadas, amplios y generales, para sus puestos concretos, o para regir ramas determinadas del negocio social, con facultades para sustituir en todo o en parte sus atribuciones.
  13. Resolver las dudas que se susciten sobre la interpretación de estos Estatutos y los acuerdos de la Junta General y del propio Consejo.
  14. Remitir cuando proceda al Cabildo Insular las previsiones de gastos e ingresos, así como los programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el ejercicio siguiente.
  15. Designar entre los accionistas, en caso de vacante, la persona que haya de ocupar el cargo de Consejero hasta que se reúna la Junta General.
  16. Proponer a la Junta General el aumento o reducción del capital.
  17. La enumeración de las facultades que anteceden es enunciativa y no limitativa, pues el Consejo tendrá sin reserva ni excepción alguna, todas las que correspondan al giro y tráfico de la empresa social y que, según la Ley y estos Estatutos, no están taxativamente reservadas a las Juntas Generales de accionistas.

Aprobado en Consejo de Administración del 30 de noviembre del 2021.

FUNCIONES DEL DIRECTOR TÉCNICO

  1. Representar a la Sociedad en los negocios, contratos, actos y operaciones y ante toda clase de personas o entidades, y compañías de servicios, suministros y transportes, y contratar sobre muebles y derechos, mediante los pactos y condiciones que estime convenientes. Comprar y vender mercaderías, maquinaria y, en general, bienes muebles. Concurrir a subastas y concursos oficiales y particulares, formular proposiciones y aceptar adjudicaciones provisionales y definitivas; firmar facturas, pólizas, conocimientos, guías, solicitudes y declaraciones juradas; contratar fletamentos, y en general contraer obligaciones con una limitación máxima por operación de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €).
  2. Abrir y cancelar cuentas bancarias; efectuar pagos y cobros por cualquier título hasta un límite de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00), incluso hacer efectivos libramientos del Estado, Comunidades Autónomas, Organismos Autónomos, Provincia y Municipio; retirar de las oficinas de empresas de comunicaciones, cartas, certificados, despachos, paquetes, giros y valores declarados, y de las empresas de transportes, Aduanas y agencias, géneros y efectos remitidos; hacer protestas y reclamaciones, dejes de cuenta y abandono de mercancías; llevar los libros comerciales con arreglo a la Ley; levantar protestas de avería; contratar, modificar, rescatar, pignorar, rescindir y liquidar seguros de todas clases, pagar las primas y percibir de las entidades aseguradoras las indemnizaciones a que hubiere lugar.
  3. Llevar la firma y actuar en nombre de la Sociedad en toda clase de operaciones bancarias disponiendo de las cuentas abiertas a nombre de la sociedad, interviniendo y firmando cheques, letras de cambio, pagarés y otros títulos como librador, aceptante, endosante, endosatario o tenedor de las mismas, constituir y retirar depósitos en metálico y valores, hacer transferencias de fondos, rentas, créditos o valores, y cancelarlos, usando cualquier procedimiento de giro o movimiento de dinero; concertar préstamos y créditos; aprobar saldos de cuentas finiquitas, constituir y retirar depósitos o fianzas, compensar cuentas, formalizar cambios, etc., todo ello tanto con el Banco de España, Banca Oficial y Cajas de Ahorro, como con entidades bancarias privadas o cualesquiera Organismos de la Administración del Estado, Autonomías y Municipios, y con una limitación máxima por documento, contrato u operación de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €).
  4. Presentar declaraciones, seguir y concluir los procedimientos de declaración de cualesquiera impuestos, tasas o tributos frente a cualquier Administración Tributaria, ya sea estatal, autonómica o local, y a tal fin puedan firmar cuantas instancias e impresos sean necesarios y, en su caso, proceder a su liquidación o solicitud de devolución, sin limitación de cantidad. Solicitar exenciones, subvenciones, bonificaciones y desgravaciones fiscales y devolución de ingresos indebidos.
  5. Presentar cuantas instancias e impresos estén directamente relacionados con el cumplimiento de las obligaciones de la Compañía frente a la Seguridad Social, incluyendo, sin limitación, los correspondientes boletines de cotización, escritos, recursos, así como cuanta documentación esté relacionada con los procedimientos de altas y bajas frente a la Seguridad Social, y en su caso, proceder a las liquidaciones pertinentes, sin limitación de cantidad.
  6. Representar a la Sociedad en todos los asuntos y actos administrativos y judiciales, mercantiles y penales, ante la Administración del Estado y Corporaciones Públicas de todo orden, así como ante cualquier jurisdicción ordinaria, administrativa, especial, laboral, etc., y en cualquier instancia, ejerciendo toda clase de acciones que le correspondan en defensa de su derecho, en juicio y fuera de él, incluso absolver posiciones, comparecer como demandante, demandado o testigo, transigir derechos y acciones, sometiendo su decisión, si así lo estima, al juicio de árbitros o de amigables componedores. Comparecer ante jueces, Magistraturas, Tribunales, Corporaciones del Estado, Provincia y municipio, Organismos de todas clases, Comunidades Autónomas y Gobiernos regionales; estando facultado para interponer y ejercitar todas sus acciones, derechos y excepciones, en la forma, asunto y por el procedimiento que estime, iniciándolos y siguiéndolos por todos sus trámites hasta su terminación e interponer los recursos pertinentes, incluso de casación y revisión sin limitación de cantidad; asistir con voz y voto a las Juntas que se celebren en suspensiones de pagos, quiebras y concursos de acreedores, aprobar e impugnar créditos y su graduación, aceptar o rechazar proposiciones del deudor; nombrar y aceptar cargos Síndicos y administradores y designar Vocales de organismos de conciliación, cobrar cantidades adeudadas a la sociedad, transigir en procedimientos judiciales. Ejecutar cuanto las Leyes consientan a las partes en el procedimiento de que se trate, así como desistir de este y de los recursos; practicar toda clase de requerimientos, con o sin intervención notarial, pudiendo conferir poderes generales para pleitos, con las facultades especiales en cada caso en favor de Abogados, procuradores y de otras personas.
  7. Contratar y despedir personal y señalar sus funciones, retribuciones, sueldos y demás gratificaciones que procedan sin limitación de cantidad.
  8. Otorgar y firmar cuantos documentos públicos y privados sean congruentes con las facultades que aquí se delegan y que deberán siempre ser interpretadas con la mayor amplitud.
  9. Elevar a instrumento público cualquier tipo de acuerdos sociales de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Reglamento del Registro Mercantil.
  10. Solicitar, descargar, instalar, renovar, suspender, revocar y utilizar cualesquiera certificados de firma electrónica emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda o por otros prestadores de servicios de certificación, tanto los certificados expresados en las leyes, como cualesquiera otros de los emitidos por la citada Fábrica Nacional y otros prestadores de servicios de certificación electrónica, incluidos, pero no limitados, a certificados de personas física, de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica, de dispositivo móvil, de servidor, de componentes, de firma de código, de personal al servicio de las administraciones públicas, de sede electrónica, de sello electrónico para la actuación administrativa automatizada y cualesquiera otros certificados electrónicos que pudieran surgir con posterioridad de conformidad con el estado de la técnica. La solicitud del certificado de firma electrónica podrá realizarse ante las oficinas de registro de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o ante otras oficinas de registro delegadas de los órganos, organismos o entidades que ejerzan funciones públicas, así como ante las oficinas o registros que designen los prestadores de servicios de certificación. Las actividades comprendidas anteriormente a realizar por cuenta del poderdante comprenderá la utilización del certificado de firma electrónica ante: La administración general del Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y sus Organismos Públicos, Sociedades, Mancomunidades, Consorcios o cualesquiera otros entes con o sin personalidad jurídica vinculados o dependientes de las anteriores, incluyendo la administración institucional, territorial o periférica y órganos reguladores; también realizar trámites ante Oficinas y Funcionarios Públicos de cualquier administración, Registros Públicos, Agencias Tributarias, Tribunales Económicos-Administrativos, de Competencia o de Cuentas, Notarías, Colegios Profesionales, Sindicatos, Autoridades Eclesiásticas, Organismos de la UE e internacionales, Órganos Jurisdiccionales, Fiscalías, Juntas y Jurados, Juntas Arbitrales, Cámaras de Comercio, Órganos Constitucionales y cualesquiera otros órganos, agencias, entes u organismos de cualquier administración y demás entidades creadas y por crear , en cualquiera de sus ramas, dependencias o servicios de cualquiera administraciones nacionales, de la UE e internacionales; asimismo, podrá actuar ante personas físicas, jurídicas, entidades, sociedades y comunidades con y sin personalidad jurídica, organismos, agrupaciones, asociaciones, fundaciones, ong´s y demás entes de derecho privado previstos en el ordenamiento jurídico español, de la UE e internacionales, para la realización, vía electrónica mediante la utilización del certificado de firma electrónica del poderdante y por su cuenta, de las facultades incluidas en la presente escritura de apoderamiento.

Corresponden al SECRETARIO las siguientes facultades:

  1. Preparar el Orden del Día.
  2. Extender las convocatorias conforme a las órdenes del Consejo o del Presidente.
  3. Redactar las actas, cuidar los libros de éstas, y certificación de los mismos, extendiendo esta facultad a cualquier otro documento de la Entidad; siempre con el visto bueno del Presidente.
  4. Cumplir cuantas órdenes le sean dadas por el Consejo.
  5. Cuidar el archivo.
  6. Cuantas otras funciones le sean encomendadas por los órganos de la Entidad.

Competencias y funciones TXT

  • Dña. ROSA DÁVILA MAMELY. Presidenta.

Nació en Santa Cruz de Tenerife (1970). Es diplomada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de La Laguna, realizando parte de sus estudios en la Alliance Manchester Business School. Al finalizar sus estudios se incorporó como técnico en procesamiento de datos vinculados a la banca, aseguradores y cámara de compensación de bancos, así como en el Cabildo de Tenerife en proyectos de restauración del paisaje de la isla de Tenerife, labor que compaginó con el asesoramiento a empresas en materia fiscal y contable.

En el ámbito político, fue concejal de Medio Ambiente y Calidad de Vida del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife entre 1996 y 1999. Además, fue teniente de alcalde y responsable de Recursos Humanos en 1999. Posteriormente fue nombrada directora general del Instituto Canario de la Mujer, cargo que desempeña hasta 2003, cuando pasa a ocupar la Dirección General de Transportes hasta 2015.

En 2015 fue consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias, convirtiéndose en la primera mujer en ocupar este cargo. Posteriormente, tras las Elecciones al Parlamento de Canarias de 2019, fue elegida Vicepresidenta Segunda del Parlamento de Canarias, cargo que ha desempeñado hasta la actualidad.

Fue Consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias entre 2015 y 2019. También ocupó el cargo de Vicepresidenta Segunda del Parlamento de Canarias desde 2019 hasta 2023. Actualmente es la presidenta del Cabildo de Tenerife, siendo la primera mujer en ocupar este puesto. Desde el 3 de julio de 2023.

  • Don JUAN JOSÉ MARTÍNEZ DÍAZ. Vicepresidente. 

Nacido en Santa Cruz de Tenerife, en 1968 Juan José Martínez Díaz es licenciado en Económicas, Máster en Planificación estratégica y Gestión de proyectos por la ULL, PADE por el IESE-Instituto Bravo Murillo. Experiencia laboral tanto en el sector privado como público asumiendo en éste responsabilidades como la gerencia del IASS o la dirección general de Universidades y Puertos Canarios.

  • Doña MARÍA CANDELARIA PADRÓN GONZÁLEZ

Nació en Arona (1965). Es diplomada en Ciencias Empresariales por la Universidad de La Laguna. Inició su andadura profesional en Caja Canarias en 1987, donde trabajó hasta 2007. En ese año fue elegida concejal en el Ayuntamiento de Arona, donde lideró el área de Economía y Hacienda hasta 2011. Entre 2011 y 2015 añadió a esas áreas la de Recursos Humanos. En 2015 retornó a su trabajo en la banca privada en la Caixa hasta 2019, reincorporándose en la actualidad a la actividad política.

  • Don URBANO MEDINA HERNÁNDEZ

Profesor. Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad en la Universidad de La Laguna desde 1982.
Director General de la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria. Agosto 2007- marzo 2012
Viceconsejero de Administración Pública del Gobierno de Canarias. Julio 2005- junio 2007
Concejal de Hacienda y Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de La Laguna. Junio 2003- mayo 2005
Director General de Universidades e Investigación del Gobierno de Canarias. Julio 1999- mayo 2003.

  • Don LOPE DOMINGO AFONSO HERNÁNDEZ

Puerto de la Cruz, 3 de agosto de 1979. Licenciado en Derecho por la Universidad de La Laguna y Diplomado en la Escuela de Práctica Jurídica de Santa Cruz de Tenerife. Abogado en ejercicio, es socio cofundador del bufete RGA Abogados. También trabaja desde 2006 como responsable de la Delegación Norte de Mutua Balear, Mutua de Accidentes de Trabajo de la Seguridad Social (actualmente en excedencia). En el plano político, se inició como militante de las Nuevas Generaciones del Partido Popular en el año 1998. A partir de ahí, desempeñó diferentes responsabilidades orgánicas dentro de la organización juvenil del partido que culminaron con su designación como Secretario General Regional en Canarias. Como militante ya del Partido Popular (PP), ha desempeñado en dos ocasiones el cargo de Secretario General, siendo actualmente el presidente del PP en el Puerto de la Cruz. Asimismo, ha sido el presidente de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del PP de Tenerife y fue Coordinador General de Afiliación y Movilización del PP de Canarias.

  • Don MANUEL FERNÁNDEZ VEGA

Nació en enero de 1977. Es licenciado en Economía y en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de La Laguna y MBA en dirección de Empresas Turísticas por la Universidad Antonio de Nebrija en Madrid. Además, cuenta con 20 años de experiencia en la empresa privada de diferentes ámbitos como turismo, aguas, energía, vinícola y sanidad, realizando diferentes funciones tales como gerente, director de operaciones, director comercial o administrador único, entre otros. Fue miembro del Consejo Social y del Claustro de la Universidad de La Laguna.
Entre 2010 y 2011 fue consejero de Gobierno del área de Servicios Centrales del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y en el mandato 2011-2015 fue concejal del citado Ayuntamiento.
Desde el año 2015 es consejero del Cabildo Insular de Tenerife, siendo actualmente Consejero Insular del Área de Industria, Comercio, Sector Primario y Bienestar Animal.

  • Dña. ALICIA CONCEPCIÓN LEIRACHÁ

Licenciada en Derecho y Master en Derecho Urbanístico por la Universidad de La Laguna.
Funcionaria de Carrera del Excmo. Cabildo de Tenerife, Técnica de Administración General.
Vocal de la Junta Directiva de la Asociación Canaria de Derecho Urbanístico.
Directora Insular de Planificación y Ordenación Insular, Medio Ambiente y Patrimonio Histórico (2021-2022) y Directora Insular de Planificación Insular, Patrimonio Histórico, Sector Primario y Cambio Climático (2022-2023) en el Excmo. Cabildo de Lanzarote.

  • Don LUIS LÓPEZ-PEÑALVER ABREU

Ingeniero Tco., Rama Industrial, Especialidad mecánica.
Auditor y asesor técnico en la gestión de proyectos de construcciones e instalaciones industriales.

  • Don AARON AFONSO GONZÁLEZ

Consejero Insular Cabildo de Tenerife desde julio del 2023
Director insular de Coordinación y Apoyo al Presidente del Cabildo de Tenerife desde agosto del 2019 hasta junio del 2023

  • Don NAIM VALERIO YÁNEZ AFONSO

Nacido en julio en Arona
En el actual mandato (2023-2027) es Consejero del Excelentísimo Cabildo Insular de Tenerife y Concejal del Ayuntamiento de Arona.

  • Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA RODRÍGUEZ

Nacido en 1971 en La Palma
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales (1994)
Doctor en Economía por la Universidad de La Laguna (2002)
Catedrático de Organización de empresas en el Departamento de Dirección de Empresa e Historia Económica.

  • Don CARLOS SUÁREZ RODRÍGUEZ. Director Técnico y de Gestión

Ingeniero de telecomunicación y Licenciado en administración y dirección de empresas, además realizó un Programa de Alta Dirección de Empresas (PADE) en 2013 por el Instituto Internacional Bravo Murillo. Cuenta con más de 10 años de experiencia profesional en dirección y gestión de proyectos de telecomunicaciones de ámbito nacional e internacional. Consejero Delegado de Canarias Submarine Link, desde el 18-03-2020, hasta el 18-12-2024.

  • Doña ROSA ELENA DÁVILA MAMELY. Presidenta
  • Don JUAN JOSE MARTÍNEZ DÍAZ. Vicepresidente
  • Don URBANO MEDINA HERNÁNDEZ
  • Don LOPE DOMINGO AFONSO HERNÁNDEZ
  • Don MANUEL FERNÁNDEZ VEGA
  • Doña ALICIA CONCEPCIÓN LEIRACHÁ
  • Don LUIS LÓPEZ-PEÑALVER ABREU
  • Don AARON AFONSO GONZÁLEZ
  • Don NAIM VALERIO YÁNEZ AFONSO
  • Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA RODRÍGUEZ
  • Doña MARÍA CANDELARIA PADRÓN GONZÁLEZ.
  • Don GUAYARMINA ELISA PEÑA GARCÍA en representación del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC)
  • Director Técnico y de Gestión: Don CARLOS SUÁREZ RODRÍGUEZ

La Secretaria no Consejera:

  • DOÑA MARINA WANGÜEMERT PÉREZ

El Letrado Asesor de la sociedad:

  • DON JOSÉ ANTONIO DUQUE DÍAZ

Personas adscritas a cada órgano TXT

Creación:

Modificación:

Participación:

  • No se han producido modificaciones en la entidad en el ejercicio 2024.

Extinción:

  • No se han producido modificaciones en la entidad en el ejercicio 2024.

El capital social de ITER, S.A. al 31 de diciembre de 2022 se eleva a TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SETENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (32.970.078,70  euros), totalmente suscrito y desembolsado, representado por QUINIENTAS CUARENTA y OCHO MIL QUINIENTAS OCHENTA Y SIETE (548.587) ACCIONES nominativas de SESENTA EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (60,10) de valor nominal cada una de ellas numeradas correlativamente del uno (1) al quinientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y siete (548.587), ambos inclusive, y divididas en dos clases:

a.) La Clase A, QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTAS CINCO (527.705) acciones, pertenecientes al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, numeradas del 1 al 167.981, de la 180.556 a la 378.319, de la 380.220 a la 428.235, de la 430.136 a la 446.140 y de la 446.774 a la 544.712 todos inclusive, y que serán intransferibles.

b.) La Clase B, de VEINTE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS (20.882) acciones, pertenecientes: DOCE MIL QUINIENTAS SETENTA Y CUATRO (12.574) al Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., numeradas del 167.982 al 180.555, ambos inclusive, y al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife OCHO MIL TRESCIENTOS OCHO (8.308), numeradas de la 378.320 a la 380.219, de la 428.236 a la 430.135, de la 446.141 a 446.773 y de la 544.713 a 548.587 ambas inclusive.

c.) El siguiente cuadro refleja la composición del capital social al cierre del ejercicio 2021:

ClaseCantidadTitularNumeración

% de 

participacion

 
A527.705Cabildo de Tenerife

1 a 167.981 

180.556 a 378.197

380.320 a 428.235

430.136 a 446.140

446.774 a 544.712

96,19% 
 
B8.308Cabildo de Tenerife

378.320 a 380.219 

428.236 a 430.135

446.141 a 446.773

544.713 a 548.587

1,51% 
 
B12.574ITC, S.A.167.982 a 180.5552,29% 

d.) El 21 de septiembre de 2020 se registró el acuerdo de la Junta Extraordinaria y Universal de 27 marzo de 2019 donde aprobó reducir el capital social de la Sociedad por amortización de acciones propias en autocartera por importe de 965.025,70 euros correspondiente a 16.057 acciones en régimen de autocartera con número 167.92 a 184.038 ambos inclusive, de 60,10 euros de valor nominal. Dado que esas acciones se habían adquirido a un precio de 124,55 euros por acción (60,10 euros de valor nominal y el resto prima de emisión), esto supuso una disminución de la prima de emisión en 1.034.974,30 euros.

e.) En dicha Junta se acordó la re-enumeración de las acciones y cuando se eleve a público el capital social se fijará en TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SETENTA Y OCHO CON SETENTA CÉNTIMOS DE EURO (32.970.078,70 €) totalmente suscrito y desembolsado, representado por QUINIENTAS CUARENTA y OCHO MIL QUINIENTAS OCHENTA Y SIETE (548.587) ACCIONES nominativas de SESENTA EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (60,10) de valor nominal cada una de ellas numeradas correlativamente del uno (1) al quinientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y siete (548.587), ambos inclusive.

Las acciones estarán representadas por títulos nominativos que serán emitidos por la Sociedad y se entregarán a los accionistas libre de cargas. Los títulos, que estarán numerados correlativamente y firmados por el Presidente y el Secretario del Consejo de Administración, se extenderán en libros talonarios pudiendo incorporar un mismo título una o más acciones. Contendrán los requisitos establecidos en el artículo 53 de la Ley de Sociedades Anónimas y se inscribirán en un libro-registro de la Sociedad en el que harán constar cuantos asientos legales sean preceptivos. La anotación en este libro-registro será necesaria para acreditar tanto la condición de socio como la constitución de derechos. La emisión de resguardos provisionales se efectuará con los mismos requisitos previstos en los artículos 53,55 y 58 del Texto Refundido de 22 de diciembre de 1989, en cuanto resulten aplicables.

Cada acción concede a su titular la condición de socio y le atribuye los derechos reconocidos en el artículo 48 de la L.S.A así como cualesquiera otros establecidos en los presentes Estatutos y disposiciones vigentes.

  1. Las acciones de la serie A sólo podrán ser transmitidas a Entes Públicos. Cuando se desee vender acotares de la serie B el titular lo comunicará por escrito, con indicación del precio y demás condiciones al Consejo de Administración, para que en el plazo de un mes la Sociedad opte por su adquisición, dentro de los límites y con los requisitos que se señalen los artículos 75 y 76 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, o bien para que las ofrezca a los demás accionistas para que ejerciten el derecho de preferencia en la adquisición que por este precepto estatutario se les reconoce en el plazo de un mes. Transcurrido dicho plazo sin ejercitar el derecho de preferencia en la adquisición, el Consejo de Administración ofrecerá a organismos públicos o a empresas que puedan colaborar eficazmente en orden a la consecución del objeto social para que realicen la adquisición en el plazo de tres meses. Transcurrido este plazo se pueden transmitir a quien se desee.
  2. Si fueren varios los accionistas que pretenden ejercitar el derecho de preferente adquisición, las acciones serán distribuidas entre los accionistas interesados en proporción a las acciones que ya posean. Si, en aplicación de la regla de la proporcionalidad, resultase que alguna acción o acciones hubieran de ser adquiridas proindiviso, quedarán excluidas de dicha recta para ser adjudicadas entre los solicitantes por sorteo, que se efectuará ante el Consejo de Administración.
  3. El Excmo. Cabildo Insular de Tenerife deberá ser, durante la vida de la Sociedad, titular de una acción por lo menos. El precio de las acciones a los efectos de este artículo será el que previamente fija cada año y con esta finalidad la Junta General de Accionistas.
  4. En todo caso la transmisión de las acciones deberá ser comunicada por escrito a la Sociedad y anotada por el data en el libro correspondiente.
  5. La transmisión de acciones verificada sin ajustarse a lo dispuesto en los párrafos precedentes no obligará a la Sociedad, ni serán reconocidos como accionistas sus tenedores. Al dorso de todos los títulos figurarán impresas las limitaciones contenidas en este artículo.

La Sociedad podrá emitir obligaciones nominativas o al portador, privilegiadas, simples, hipotecarias, con interés fijo o variable y amortización por sorteo, subasta o compra o de los tres modos, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 282 y siguientes del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y artículo 122 del Reglamento del Registro Mercantil, o de cualquier otra modalidad, a tenor de las normas reguladoras.

INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ENERGÍAS RENOVABLES, S.A.

BALANCE DE SITUACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 Y 2023

(Expresado en euros)

PATRIMONIO NETO Y PASIVO 

Notas

memoria

31/12/202431/12/2023
    
A) PATRIMONIO NETO  176.873.193,80177.437.892,73
    
1) Fondos propios11166.890.978,76166.910.500,12
    
I. Capital1132.970.078,7032.970.078,70
1. Capital escriturado 32.970.078,7032.970.078,70
    
II. Prima de emisión 19.454.039,2219.454.039,22
    
III. Reservas11.A113.929.838,87111.824.929,75
1. Legal y estatutarias 6.597.367,196.597.367,19
2. Otras reservas. 107.332.471,68105.227.562,56
    
IV. (Acciones y participaciones en patrimonio propias). 
    
V. Resultados de ejercicios anteriores -2.162,03-2.162,03
2. (Resultados negativos de ejercicios anteriores) -2.162.03-2.162,03
    
VII. Resultado del ejercicio3539.184,002.663.614,48
    
3) Subvenciones, donaciones y legados recibidos.11.B9.982.215,0410.527.392,61
    
B) PASIVO NO CORRIENTE 11.534.921,9314.988.662,25
    
I. Provisiones a largo plazo9.A673.162,46669.038,45
4. Otras provisiones. 673.162,46669.038,45
    
II. Deudas a largo plazo9.A7.367.462,0410.641.889,64
2. Deuda con entidades de crédito 7.367.462,0410.641.889,64
5. Otros pasivos financieros 
    
IV. Pasivos por impuesto diferido11.B;153.494.297,433.677.734,16
    
C) PASIVO CORRIENTE 36.363.039,5913.100.956,22
    
III. Deudas a corto plazo9.B29.786.090,386.664.989,89
2. Deuda con entidades de crédito 3.274.427,363.274.427,36
5. Otros pasivos financieros 26.511.663,023.390.562,53
    
IV. Deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo 1.844.206,201.652.596,83
    
V. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar9.B4.732.743,014.783.369,50
1. Proveedores 
2. Proveedores, empresas del grupo y asociadas 
3. Acreedores varios. 4.098.810,534.343.984,29
4. Personal (remuneraciones pendientes de pago) 12.368,168.223,74
5. Pasivos por impuesto corriente 
6. Otras deudas con las Administraciones Públicas 621.564,32431.161,47
    
VI. Periodificaciones a corto plazo. 
    
TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO 224.771.155,32205.527.511,20

Última actualización 07/07/2025.

3. PERSONAL DE LIBRE NOMBRAMIENTO

Altos cargos directivos y asimilados y titulares de órganos superiores y directivos:

  • DIRECTOR TÉCNICO Y DE GESTIÓN: Carlos Suárez Rodríguez

Régimen de Contrato Laboral: Contrato Mercantil

Retribución: OCHENTA MIL EUROS (80.000,00 €) ANUALES, DE LOS CUALES, SETENTA Y DOS MIL EUROS (72.000,00€) SE CORRESPONDEN CON RETRIBUCIONES BÁSICAS Y HASTA OCHO MIL EUROS (8.000,00€) CON RETRIBUCIONES VARIABLES VINCULADOS AL CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS PREVIAMENTE FIJADOS.

En todo caso, las retribuciones totales respetarán los límites retributivos que se deriven de la clasificación aprobada por el Pleno del Cabildo de fecha 31 de julio de 2015 en uno de los Grupos recogidos en la Disposición Adicional Duodécima de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
No obstante, con efectos de primero de enero de cada año, la retribución fija experimentará el incremento que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal dependiente de las Administraciones Públicas, excluyendo de dicho incremento las retribuciones variables, siempre que así lo haya acordado la Corporación Insular y no se supere el límite retributivo de su grupo de clasificación y resulte acorde a lo establecido en las Bases de Ejecución.

Desde el 18-12-2025.

Apoderamiento otorgado en Consejo de Administración celebrado el 22/01/2025 y elevado a público mediante escritura con protocolo nº2025/354.

  • Doña ROSA ELENA DÁVILA MAMELY

Nació en Santa Cruz de Tenerife (1970). Es diplomada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de La Laguna, realizando parte de sus estudios en la Alliance Manchester Business School. Al finalizar sus estudios se incorporó como técnico en procesamiento de datos vinculados a la banca, aseguradores y cámara de compensación de bancos, así como en el Cabildo de Tenerife en proyectos de restauración del paisaje de la isla de Tenerife, labor que compaginó con el asesoramiento a empresas en materia fiscal y contable.
En el ámbito político, fue concejal de Medio Ambiente y Calidad de Vida del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife entre 1996 y 1999. Además, fue teniente de alcalde y responsable de Recursos Humanos en 1999. Posteriormente fue nombrada directora general del Instituto Canario de la Mujer, cargo que desempeña hasta 2003, cuando pasa a ocupar la Dirección General de Transportes hasta 2015.
En 2015 fue consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias, convirtiéndose en la primera mujer en ocupar este cargo. Posteriormente, tras las Elecciones al Parlamento de Canarias de 2019, fue elegida Vicepresidenta Segunda del Parlamento de Canarias, cargo que ha desempeñado hasta la actualidad.
Fue Consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias entre 2015 y 2019. También ocupó el cargo de Vicepresidenta Segunda del Parlamento de Canarias desde 2019 hasta 2023. Actualmente es la presidenta del Cabildo de Tenerife, siendo la primera mujer en ocupar este puesto. Desde el 3 de julio de 2023.

  • Don JUAN JOSÉ MARTÍNEZ DÍAZ

Nacido en 1968 en Santa Cruz de Tenerife, Juan José Martínez Díaz es licenciado en Económicas, Máster en Planificación estratégica y Gestión de proyectos por la ULL, PADE por el IESE-Instituto Bravo Murillo. Fue Gerente de ACAFAM entre 1995-1999 y en octubre de ese año comenzó a trabajar como asesor técnico del área de Sanidad y Servicios Sociales en el Cabildo de Tenerife. Entre 2001 y 2007 fue gerente del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS) en el Cabildo de Tenerife.Entre agosto 2007-2011 fue Director General de Universidades en el Gobierno de Canarias y entre mayo de 2011-2015 fue director general de Puertos-Director Gerente Puertos Canarios en el Gobierno de Canarias.
Entre 2015 y 2019 fue Concejal Hacienda, Recursos Humanos y Patrimonio en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y desde 2023 Consejero en el Cabildo Insular de Tenerife llevando las áreas de Investigación, Innovación y Desarrollo.

  • Doña MARÍA CANDELARIA PADRÓN GONZÁLEZ

Nació en Arona (1965). Es diplomada en Ciencias Empresariales por la Universidad de La Laguna. Inició su andadura profesional en Caja Canarias en 1987, donde trabajó hasta 2007. En ese año fue elegida concejal en el Ayuntamiento de Arona, donde lideró el área de Economía y Hacienda hasta 2011. Entre 2011 y 2015 añadió a esas áreas la de Recursos Humanos. En 2015 retornó a su trabajo en la banca privada en la Caixa hasta 2019, reincorporándose en la actualidad a la actividad política.

  • Don URBANO MEDINA HERNÁNDEZ

Profesor. Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad en la Universidad de La Laguna desde 1982.
Director General de la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria. Agosto 2007- marzo 2012
Viceconsejero de Administración Pública del Gobierno de Canarias. Julio 2005- junio 2007
Concejal de Hacienda y Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de La Laguna. Junio 2003- mayo 2005
Director General de Universidades e Investigación del Gobierno de Canarias. Julio 1999- mayo 2003.

  • Don LOPE DOMINGO AFONSO HERNÁNDEZ

Puerto de la Cruz, 3 de agosto de 1979.
Licenciado en Derecho por la Universidad de La Laguna y Diplomado en la Escuela de Práctica Jurídica de Santa Cruz de Tenerife.
Abogado en ejercicio, es socio cofundador del bufete RGA Abogados. También trabaja desde 2006 como responsable de la Delegación Norte de Mutua Balear, Mutua de Accidentes de Trabajo de la Seguridad Social (actualmente en excedencia).
En el plano político, se inició como militante de las Nuevas Generaciones del Partido Popular en el año 1998. A partir de ahí, desempeñó diferentes responsabilidades orgánicas dentro de la organización juvenil del partido que culminaron con su designación como Secretario General Regional en Canarias. Como militante ya del Partido Popular (PP), ha desempeñado en dos ocasiones el cargo de Secretario General, siendo actualmente el presidente del PP en el Puerto de la Cruz. Asimismo, ha sido el presidente de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del PP de Tenerife y fue Coordinador General de Afiliación y Movilización del PP de Canarias.

  • Don MANUEL FERNÁNDEZ VEGA

Nació en enero de 1977. Es licenciado en Economía y en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de La Laguna y MBA en dirección de Empresas Turísticas por la Universidad Antonio de Nebrija en Madrid. Además, cuenta con 20 años de experiencia en la empresa privada de diferentes ámbitos como turismo, aguas, energía, vinícola y sanidad, realizando diferentes funciones tales como gerente, director de operaciones, director comercial o administrador único, entre otros. Fue miembro del Consejo Social y del Claustro de la Universidad de La Laguna.

  • Doña ALICIA CONCEPCIÓN LEIRACHÁ

Licenciada en Derecho y Master en Derecho Urbanístico por la Universidad de La Laguna.
Funcionaria de Carrera del Excmo. Cabildo de Tenerife, Técnica de Administración General.
Vocal de la Junta Directiva de la Asociación Canaria de Derecho Urbanístico.
Directora Insular de Planificación y Ordenación Insular, Medio Ambiente y Patrimonio Histórico (2021-2022) y Directora Insular de Planificación Insular, Patrimonio Histórico, Sector Primario y Cambio Climático (2022-2023) en el Excmo. Cabildo de Lanzarote.

  • Don LUIS LÓPEZ-PEÑALVER ABREU

Ingeniero Tco., Rama Industrial, Especialidad mecánica.
Auditor y asesor técnico en la gestión de proyectos de construcciones e instalaciones industriales.

  • Don AARON AFONSO GONZÁLEZ

Consejero Insular Cabildo de Tenerife desde julio del 2023.
Director insular de Coordinación y Apoyo al Presidente del Cabildo de Tenerife desde agosto del 2019 hasta junio del 2023.

  • Don NAIM VALERIO YÁNEZ AFONSO

Nacido en julio en Arona.
En el actual mandato (2023-2027) es Consejero del Excelentísimo Cabildo Insular de Tenerife y Concejal del Ayuntamiento de Arona.

  • Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA RODRÍGUEZ

Nacido en 1971 en La Palma.
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales (1994)
Doctor en Economía por la Universidad de La Laguna (2002)
Catedrático de Organización de empresas en el Departamento de Dirección de Empresa e Historia Económica.

  • Don CARLOS SUÁREZ RODRÍGUEZ. Director Técnico y de Gestión

Ingeniero de telecomunicación y Licenciado en administración y dirección de empresas, además realizó un Programa de Alta Dirección de Empresas (PADE) en 2013 por el Instituto Internacional Bravo Murillo. Cuenta con más de 10 años de experiencia profesional en dirección y gestión de proyectos de telecomunicaciones de ámbito nacional e internacional.
Consejero Delegado de Canarias Submarine Link, desde el 18-03-2020, hasta el 18-12-2024.

Perfil, méritos y trayectoria TXT

FUNCIONES DEL DIRECTOR TÉCNICO

  1. Representar a la Sociedad en los negocios, contratos, actos y operaciones y ante toda clase de personas o entidades, y compañías de servicios, suministros y transportes, y contratar sobre muebles y derechos, mediante los pactos y condiciones que estime convenientes. Comprar y vender mercaderías, maquinaria y, en general, bienes muebles. Concurrir a subastas y concursos oficiales y particulares, formular proposiciones y aceptar adjudicaciones provisionales y definitivas; firmar facturas, pólizas, conocimientos, guías, solicitudes y declaraciones juradas; contratar fletamentos, y en general contraer obligaciones con una limitación máxima por operación de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €).
  2. Abrir y cancelar cuentas bancarias; efectuar pagos y cobros por cualquier título hasta un límite de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00), incluso hacer efectivos libramientos del Estado, Comunidades Autónomas, Organismos Autónomos, Provincia y Municipio; retirar de las oficinas de empresas de comunicaciones, cartas, certificados, despachos, paquetes, giros y valores declarados, y de las empresas de transportes, Aduanas y agencias, géneros y efectos remitidos; hacer protestas y reclamaciones, dejes de cuenta y abandono de mercancías; llevar los libros comerciales con arreglo a la Ley; levantar protestas de avería; contratar, modificar, rescatar, pignorar, rescindir y liquidar seguros de todas clases, pagar las primas y percibir de las entidades aseguradoras las indemnizaciones a que hubiere lugar.
  3. Llevar la firma y actuar en nombre de la Sociedad en toda clase de operaciones bancarias disponiendo de las cuentas abiertas a nombre de la sociedad, interviniendo y firmando cheques, letras de cambio, pagarés y otros títulos como librador, aceptante, endosante, endosatario o tenedor de las mismas, constituir y retirar depósitos en metálico y valores, hacer transferencias de fondos, rentas, créditos o valores, y cancelarlos, usando cualquier procedimiento de giro o movimiento de dinero; concertar préstamos y créditos; aprobar saldos de cuentas finiquitas, constituir y retirar depósitos o fianzas, compensar cuentas, formalizar cambios, etc., todo ello tanto con el Banco de España, Banca Oficial y Cajas de Ahorro, como con entidades bancarias privadas o cualesquiera Organismos de la Administración del Estado, Autonomías y Municipios, y con una limitación máxima por documento, contrato u operación de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €).
  4. Presentar declaraciones, seguir y concluir los procedimientos de declaración de cualesquiera impuestos, tasas o tributos frente a cualquier Administración Tributaria, ya sea estatal, autonómica o local, y a tal fin puedan firmar cuantas instancias e impresos sean necesarios y, en su caso, proceder a su liquidación o solicitud de devolución, sin limitación de cantidad. Solicitar exenciones, subvenciones, bonificaciones y desgravaciones fiscales y devolución de ingresos indebidos.
  5. Presentar cuantas instancias e impresos estén directamente relacionados con el cumplimiento de las obligaciones de la Compañía frente a la Seguridad Social, incluyendo, sin limitación, los correspondientes boletines de cotización, escritos, recursos, así como cuanta documentación esté relacionada con los procedimientos de altas y bajas frente a la Seguridad Social, y en su caso, proceder a las liquidaciones pertinentes, sin limitación de cantidad.
  6. Representar a la Sociedad en todos los asuntos y actos administrativos y judiciales, mercantiles y penales, ante la Administración del Estado y Corporaciones Públicas de todo orden, así como ante cualquier jurisdicción ordinaria, administrativa, especial, laboral, etc., y en cualquier instancia, ejerciendo toda clase de acciones que le correspondan en defensa de su derecho, en juicio y fuera de él, incluso absolver posiciones, comparecer como demandante, demandado o testigo, transigir derechos y acciones, sometiendo su decisión, si así lo estima, al juicio de árbitros o de amigables componedores. Comparecer ante jueces, Magistraturas, Tribunales, Corporaciones del Estado, Provincia y municipio, Organismos de todas clases, Comunidades Autónomas y Gobiernos regionales; estando facultado para interponer y ejercitar todas sus acciones, derechos y excepciones, en la forma, asunto y por el procedimiento que estime, iniciándolos y siguiéndolos por todos sus trámites hasta su terminación e interponer los recursos pertinentes, incluso de casación y revisión sin limitación de cantidad; asistir con voz y voto a las Juntas que se celebren en suspensiones de pagos, quiebras y concursos de acreedores, aprobar e impugnar créditos y su graduación, aceptar o rechazar proposiciones del deudor; nombrar y aceptar cargos Síndicos y administradores y designar Vocales de organismos de conciliación, cobrar cantidades adeudadas a la sociedad, transigir en procedimientos judiciales. Ejecutar cuanto las Leyes consientan a las partes en el procedimiento de que se trate, así como desistir de este y de los recursos; practicar toda clase de requerimientos, con o sin intervención notarial, pudiendo conferir poderes generales para pleitos, con las facultades especiales en cada caso en favor de Abogados, procuradores y de otras personas.
  7. Contratar y despedir personal y señalar sus funciones, retribuciones, sueldos y demás gratificaciones que procedan sin limitación de cantidad.
  8. Otorgar y firmar cuantos documentos públicos y privados sean congruentes con las facultades que aquí se delegan y que deberán siempre ser interpretadas con la mayor amplitud.
  9. Elevar a instrumento público cualquier tipo de acuerdos sociales de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Reglamento del Registro Mercantil.
  10. Solicitar, descargar, instalar, renovar, suspender, revocar y utilizar cualesquiera certificados de firma electrónica emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda o por otros prestadores de servicios de certificación, tanto los certificados expresados en las leyes, como cualesquiera otros de los emitidos por la citada Fábrica Nacional y otros prestadores de servicios de certificación electrónica, incluidos, pero no limitados, a certificados de personas física, de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica, de dispositivo móvil, de servidor, de componentes, de firma de código, de personal al servicio de las administraciones públicas, de sede electrónica, de sello electrónico para la actuación administrativa automatizada y cualesquiera otros certificados electrónicos que pudieran surgir con posterioridad de conformidad con el estado de la técnica. La solicitud del certificado de firma electrónica podrá realizarse ante las oficinas de registro de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o ante otras oficinas de registro delegadas de los órganos, organismos o entidades que ejerzan funciones públicas, así como ante las oficinas o registros que designen los prestadores de servicios de certificación. Las actividades comprendidas anteriormente a realizar por cuenta del poderdante comprenderá la utilización del certificado de firma electrónica ante: La administración general del Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y sus Organismos Públicos, Sociedades, Mancomunidades, Consorcios o cualesquiera otros entes con o sin personalidad jurídica vinculados o dependientes de las anteriores, incluyendo la administración institucional, territorial o periférica y órganos reguladores; también realizar trámites ante Oficinas y Funcionarios Públicos de cualquier administración, Registros Públicos, Agencias Tributarias, Tribunales Económicos-Administrativos, de Competencia o de Cuentas, Notarías, Colegios Profesionales, Sindicatos, Autoridades Eclesiásticas, Organismos de la UE e internacionales, Órganos Jurisdiccionales, Fiscalías, Juntas y Jurados, Juntas Arbitrales, Cámaras de Comercio, Órganos Constitucionales y cualesquiera otros órganos, agencias, entes u organismos de cualquier administración y demás entidades creadas y por crear , en cualquiera de sus ramas, dependencias o servicios de cualquiera administraciones nacionales, de la UE e internacionales; asimismo, podrá actuar ante personas físicas, jurídicas, entidades, sociedades y comunidades con y sin personalidad jurídica, organismos, agrupaciones, asociaciones, fundaciones, ong´s y demás entes de derecho privado previstos en el ordenamiento jurídico español, de la UE e internacionales, para la realización, vía electrónica mediante la utilización del certificado de firma electrónica del poderdante y por su cuenta, de las facultades incluidas en la presente escritura de apoderamiento.

Última actualización 07/07/2025

4. empleo en el sector público

4.2.1 Distribución por grupos de clasificación, especificando tipo de relación funcionarial, estatutaria o laboral y distinguiendo entre los de carrera y los interinos, así como los fijos, indefinidos y temporales 

  • ITER_Nº EFECTIVOS 2024 ODS
  • ITER_Nº EFECTIVOS 2023 ODS
  • ITER_Nº EFECTIVOS 2022 ODS

4.2.2 Nº de empleados por departamentos 

  • ITER_Clasificación por grupos ODS

4.2.3 Número de liberados sindicales 

Actualmente el Comité de empresa de la sociedad está formado por 7 representantes sindicales.  

No existen liberados sindicales en el ejercicio 2023-2024. 

Última actualización 07/07/2025.

5. RETRIBUCIONES

  • Doña ROSA ELENA DÁVILA MAMELY. Presidenta
  • Don JUAN JOSE MARTÍNEZ DÍAZ. Vicepresidente
  • Don URBANO MEDINA HERNÁNDEZ
  • Don LOPE DOMINGO AFONSO HERNÁNDEZ
  • Don MANUEL FERNÁNDEZ VEGA
  • Doña ALICIA CONCEPCIÓN LEIRACHÁ
  • Don LUIS LÓPEZ-PEÑALVER ABREU
  • Don AARON AFONSO GONZÁLEZ
  • Don NAIM VALERIO YÁNEZ AFONSO
  • Don FRANCISCO JAVIER GARCÍA RODRÍGUEZ
  • Doña MARÍA CANDELARIA PADRÓN GONZÁLEZ.
  • Don GUAYARMINA ELISA PEÑA GARCÍA en representación del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC)

Dietas Consejo 2023: 14.424,00 €
Dietas Consejo 2024: 18.330,50 €

DIRECTOR TÉCNICO Y DE GESTIÓN: Carlos Suárez Rodríguez

Régimen de Contrato Laboral: Contrato Mercantil 

Retribución: OCHENTA MIL EUROS (80.000,00 €) ANUALES, DE LOS CUALES, SETENTA Y DOS MIL EUROS (72.000,00€) SE CORRESPONDEN CON RETRIBUCIONES BÁSICAS Y HASTA OCHO MIL EUROS (8.000,00€) CON RETRIBUCIONES VARIABLES VINCULADOS AL CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS PREVIAMENTE FIJADOS.

En todo caso, las retribuciones totales respetarán los límites retributivos que se deriven de la clasificación aprobada por el Pleno del Cabildo de fecha 31 de julio de 2015 en uno de los Grupos recogidos en la Disposición Adicional Duodécima de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

No obstante, con efectos de primero de enero de cada año, la retribución fija experimentará el incremento que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal dependiente de las Administraciones Públicas, excluyendo de dicho incremento las retribuciones variables, siempre que así lo haya acordado la Corporación Insular y no se supere el límite retributivo de su grupo de clasificación y resulte acorde a lo establecido en las Bases de Ejecución.

5.2.1 Información general de las retribuciones del personal funcionario, estatutario y laboral, articulada en función de los niveles y cargos existentes y, en el caso de las entidades del sector público local, diferenciando las básicas de las complementarias. 

Existe un seguro colectivo de vida:

Periodo del 21/05/2023 al 21/05/2024: 9.328,84 (impuestos incluidos)

Periodo del 21/02/2024 al 21/05/2025: 9.812,12 (impuestos incluidos)

Ejercicio 2023:

  • Viajes y alojamiento: 72.408,44 €
  • Manutención: 12.907,29 €
  • Dietas Consejo: 14.424,00 €
  • Total: 99.739,73 €

Ejercicio 2024:

  • Viajes y alojamiento: 37.153,08 €
  • Manutención: 5.966,49 €
  • Dietas Consejo: 18.330,50 €
  • Total: 61.450,07 €

Descargar 5.4 Viajes manutención ODS

Última actualización 07/07/2025

6. servicios y procedimientos

La Entidad es una sociedad mercantil que no presta servicios de carácter público ni tiene procedimientos administrativos para su ejecución

Política Interna del Canal del Informante

6.2.1.- Introducción, Objeto y Aplicación:

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en lo sucesivo, la Ley 2/2023) viene a transponer al ordenamiento jurídico español la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Esta política se aplica a Instituto Tecnológico y de Energías Renovables S.A. con CIF A38259115 y domicilio social en Granadilla S/N, 38600, Granadilla De Abona (Santa Cruz de Tenerife), tiene como objetivo establecer un canal interno para la comunicación de posibles infracciones normativas, infracción de políticas internas y/o éticas y establecer un régimen de protección al informante, en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

La Ley 2/2023 explica y aclara en su preámbulo, Parte III, que su finalidad es la de proteger, frente a posibles represalias, a las personas que, en un contexto laboral o profesional, detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en esta política.

Este Canal, por tanto, es un mecanismo que permite a los empleados de la empresa, y otras partes interesadas, comunicar cualquier tipo de conducta ilegal o contraria a nuestros valores y principios éticos, sin temor a represalias fortaleciendo la cultura de la información, de las infraestructuras de integridad de las organizaciones y el fomento de la cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público. De esta manera, se busca promover una cultura de transparencia, integridad y responsabilidad en nuestra organización, al mismo tiempo que se protege a aquellos empleados que deciden hacer una comunicación de buena fe.

6.2.2.- CANAL DEL INFORMANTE

Se ha creado por la entidad un canal del informante (en adelante, el CII) como cauce preferente para recibir la información sobre acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, y demás actuaciones previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2023.

El canal se encuentra bajo la administración del Responsable del Sistema Interno del Canal (en adelante, el RSII). El acceso a este canal quedará limitado, dentro del ámbito de sus competencias y funciones a:

  1. El Responsable del Sistema Interno del Canal.
  2. Al administrador/es delegado/s por el responsable del sistema.
  3. A los gestores designados para la tramitación de determinadas comunicaciones según el ámbito al que correspondan.

Las funciones de estos órganos, según corresponda, serán:

  • Recepción, registro y gestión de las comunicaciones recibidas a través del canal del informante.
  • Designación de la persona o equipo encargado de la investigación de las comunicaciones recibidas.
  • Aseguramiento de la protección de los informantes y la confidencialidad de las comunicaciones recibidas.
  • Evaluación de la veracidad y credibilidad de las comunicaciones recibidas.
  • Toma de decisiones sobre las medidas adecuadas en función de los resultados de la investigación.
  • Seguimiento y revisión periódica del proceso de gestión de comunicaciones y de la política interna de la empresa.
  • Elaboración de informes y recomendaciones para la alta dirección sobre las comunicaciones recibidas y las medidas adoptadas.

El CII debe garantizar técnicamente la confidencialidad o, eventualmente, el anonimato del informante, para protegerle frente a cualquier filtración y subsecuente represalia de la que pueda ser objeto.

Los informantes dentro del ámbito de aplicación de la ley pueden realizar sus comunicaciones a través de los siguientes medios:

  • Enlace al canal del informante: https://compliance.legalsending.com/canal/?C=48603989019036218
  • Envío de un correo electrónico a la siguiente dirección: iter@iter.es
  • Correo postal dirigido a Granadilla S/N, 38600, Granadilla De Abona (Santa Cruz de Tenerife) a/a RSII: María Begoña Ortiz Leston
  • De forma presencial, a solicitud de la persona informante, mediante petición dirigida al RSII.

6.2.3. ÁMBITO SUBJETIVO- SUJETOS INFORMANTES

Pueden hacer uso del canal interno de información y beneficiarse de la protección que otorga la Ley 2/2023 como informantes, aquellas personas que tienen una relación laboral o profesional con la AEPD, para comunicar información sobre las acciones u omisiones descritas en el artículo 2 de la Ley 2/2023. Esta relación laboral o profesional, que conlleva una dependencia frente a la AEPD, es lo que hace necesaria y adecuada la protección especial frente a posibles represalias.

En todo caso, se consideran informantes, para esta AEPD, a los efectos de la Ley 2/2023:

  • Las personas que tengan la condición de empleados o trabajadores por cuenta ajena.
  • Los autónomos colaboradores (freelance).
  • Los accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de la empresa, incluidos los miembros no ejecutivos.
  • Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.
  • Informantes que comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, así como a aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

Es importante destacar que las comunicaciones realizadas a través del canal del informante deben ser de buena fe, es decir, deben estar respaldadas por evidencia y hechos concretos.

6.2.4. ÁMBITO OBJETIVO – HECHOS OBJETO DE COMUNICACIÓN.

En cuanto al objeto de la información, se desprende de la Ley 2/2023 que se puede utilizar el canal interno de información para informar de conductas indebidas graves o de presunta corrupción, que puedan ser constitutivas de infracciones penales o administrativas graves o muy graves relacionadas con las actividades de la entidad, que el informante haya observado o sobre las que haya recibido información en el curso de su trabajo o de su relación profesional.

La propia Ley 2/2023 y la Directiva (UE) 2019/1937 enumeran como tales, las informaciones que se refieren a:

  1. Infracciones que entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la citada Directiva relativas a los ámbitos siguientes:
    • contratación pública,
    • servicios, productos y mercados financieros, y prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo,
    • seguridad de los productos y conformidad,
    • seguridad del transporte,
    • protección del medio ambiente,
    • protección frente a las radiaciones y seguridad nuclear,
    • seguridad de los alimentos y los piensos, sanidad animal y bienestar de los animales,
    • salud pública,
    • protección de los consumidores,
    • protección de la privacidad y de los datos personales, y seguridad de las redes y los sistemas de información
  2. Que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  3. Que incidan en el mercado interior, tal y como se contemplan en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o a prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.
  4. Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.
  5. Infracciones del derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo de las que informen los trabajadores, sin perjuicio de lo establecido en su normativa específica.

La persona informante deberá facilitar como mínimo, la referencia al ámbito subjetivo de la infracción (materia o normativa infringida: Derecho de la Unión Europea; infracción penal; o infracción administrativa); y una descripción de los hechos objeto de comunicación (información relevante sobre lo ocurrido), lo más detallada posible, adjuntando la documentación de la que pudiera disponer, en su caso.

De igual manera puede facilitar su nombre y apellidos, y un teléfono de contacto, si no optase por realizar esta comunicación de forma anónima.

Si conociese la identidad de la persona responsable de la irregularidad comunicada, o hubiera puesto en conocimiento estos hechos a otro órgano o entidad a través de algún canal externo, también podrá facilitar estas informaciones.

6.2.5. PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN

La información puede comunicarse a la entidad de forma anónima. En otro caso, se reservará la identidad del informante de forma confidencial y quedará limitada al conocimiento del RSII, administradores delegados o gestores nombrados. Estos miembros desarrollarán sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad u organismo y no podrán recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio, disponiendo de todos los medios personales y materiales necesarios para llevarlas a cabo.

La empresa se compromete a investigar todas las comunicaciones realizadas sobre posibles infracciones o incumplimientos que se reciban a través del canal del informante. Se investigarán todas las comunicaciones de manera imparcial y confidencial y se tomarán medidas adecuadas en función de los resultados de la investigación destinadas a la protección del informante.

La comunicación se realizará a través del canal interno de información mediante la aplicación electrónica específica para tal fin, identificada y accesible desde la página web: https://old.iter.es/

A solicitud del informante, también podrá presentarse la comunicación mediante una reunión presencial que tendrá lugar en un plazo máximo de siete días. En su caso, se advertirá al informante de que la comunicación será grabada y se le informará del tratamiento de sus datos de acuerdo con lo que establecen el RGPD y la LOPDPGDD. Al presentar la información, el informante deberá indicar un domicilio, correo electrónico, o lugar seguro a efectos de recibir notificaciones, salvo que renuncie expresamente a la recepción de cualquier comunicación de actuaciones llevadas a cabo por el RSII como consecuencia de la información.

Presentada la información, se procederá a su registro en el sistema de gestión de la información, mediante la asignación de un código de identificación, que estará contenido en una base de datos segura y de acceso restringido exclusivamente al personal del RSII, convenientemente autorizado, en el que se registrarán todas las comunicaciones recibidas con los siguientes datos:

  1. Fecha de recepción.
  2. Código de identificación.
  3. Actuaciones desarrolladas.
  4. Medidas adoptadas.
  5. Fecha de cierre.

Recibida la información, en un plazo no superior 7 días naturales desde dicha recepción, se procederá a acusar recibo al informante, a menos que expresamente haya renunciado a recibir comunicaciones relativas a la investigación. Estas comunicaciones serán gestionadas durante el plazo máximo de 3 meses salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso, este podrá extenderse hasta un máximo de otros 3 meses adicionales.

Una vez registrada la información, el RSII y su equipo, procederá a analizar la admisibilidad de acuerdo con el ámbito material y personal previsto en los artículos 2 y 3 de la Ley 2/2023.

La empresa se compromete a notificar al informante sobre el estado de la investigación y de las medidas adoptadas, siempre que sea posible y sin comprometer la confidencialidad y protección del informante. Además, se podrá solicitar información adicional a los hechos comunicados a través del canal.

Además, la empresa se compromete a realizar un seguimiento de todas las comunicaciones recibidas y las medidas adoptadas para garantizar la efectividad de esta política y mejorar continuamente el proceso.

Se remitirá al Ministerio Fiscal con carácter inmediato cualquier información cuando los hechos pudieran ser indiciariamente constitutivos de delito. En el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá a la Fiscalía Europea.

6.2.6. PROTECCIÓN DE LOS INFORMANTES

La empresa se compromete a proteger a las personas que informen sobre infracciones o incumplimientos, de acuerdo con la Ley 2/2023.

Actos constitutivos de represalias.

Se prohíben expresamente los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia contra las personas que presenten una comunicación conforme a lo previsto en la ley.

Se entiende por represalia cualesquier acto u omisión que esté prohibido por la ley, o que, de forma directa o indirecta, suponga un trato desfavorable que sitúe a las personas que la sufren en desventaja particular con respecto a otra en el contexto laboral o profesional, solo por su condición de informantes, o por haber realizado una revelación pública.

A los efectos de lo previsto en la Ley 2/2023, y a título enunciativo, se consideran represalias las que se adopten en forma de:

  1. Suspensión del contrato de trabajo, despido o extinción de la relación laboral o estatutaria, incluyendo la no renovación o la terminación anticipada de un contrato de trabajo temporal una vez superado el período de prueba, o terminación anticipada o anulación de contratos de bienes o servicios, imposición de cualquier medida disciplinaria, degradación o denegación de ascensos y cualquier otra modificación sustancial de las condiciones de trabajo y la no conversión de un contrato de trabajo temporal en uno indefinido, en caso de que el trabajador tuviera expectativas legítimas de que se le ofrecería un trabajo indefinido; salvo que estas medidas se llevaran a cabo dentro del ejercicio regular del poder de dirección al amparo de la legislación laboral o reguladora del estatuto del empleado público correspondiente, por circunstancias, hechos o infracciones acreditadas, y ajenas a la presentación de la comunicación.
  2. Daños, incluidos los de carácter reputacional, o pérdidas económicas, coacciones, intimidaciones, acoso u ostracismo.
  3. Evaluación o referencias negativas respecto al desempeño laboral o profesional.
  4. Inclusión en listas negras o difusión de información en un determinado ámbito sectorial, que dificulten o impidan el acceso al empleo o la contratación de obras o servicios.
  5. Denegación o anulación de una licencia o permiso.
  6. Denegación de formación.
  7. Discriminación, o trato desfavorable o injusto.

La persona que viera lesionados sus derechos por causa de su comunicación o revelación una vez transcurrido el plazo de dos años podrá solicitar la protección de la autoridad competente que, excepcionalmente y de forma justificada, podrá extender el período de protección, previa audiencia de las personas u órganos que pudieran verse afectados. La denegación de la extensión del período de protección deberá estar motivada.

Los actos administrativos que tengan por objeto impedir o dificultar la presentación de comunicaciones y revelaciones, así como los que constituyan represalia o causen discriminación tras la presentación de aquellas al amparo de esta ley, serán nulos de pleno derecho y darán lugar, en su caso, a medidas correctoras disciplinarias o de responsabilidad, pudiendo incluir la correspondiente indemnización de daños y perjuicios al perjudicado.

Medidas de protección del informante frente a represalias

No se considerará que las personas que comuniquen información sobre las acciones u omisiones recogidas en el apartado CUARTO, o que hagan una revelación pública de conformidad con la Ley 2/2023, hayan infringido ninguna restricción de revelación de información y no incurrirán en responsabilidad de ningún tipo en relación con dicha comunicación o revelación pública, siempre que tuvieran motivos razonables para pensar que la comunicación o revelación pública de dicha información era necesaria para revelar una acción u omisión en virtud de dicha ley, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en las normas específicas de protección aplicables en el ámbito laboral. Esta medida no afectará a las responsabilidades de carácter penal.

Lo previsto en el párrafo anterior se extiende a la comunicación de informaciones realizadas por los representantes de las personas trabajadoras, aunque se encuentren sometidas a obligaciones legales de sigilo o de no revelar información reservada. Todo ello sin perjuicio, igualmente, de las normas específicas de protección aplicables en el ámbito laboral.

Las medidas de protección del informante también se aplicarán, en su caso, a:

a) personas físicas que asistan al informante en el proceso;

b) personas físicas que estén relacionadas con el informante y que puedan sufrir represalias, como compañeros de trabajo o familiares del informante;

c) personas jurídicas, para las que trabaje o con las que mantenga cualquier otro tipo de relación en un contexto laboral o en las que ostente una participación significativa.

A estos efectos, se entiende que la participación en el capital o en los derechos de voto correspondientes a acciones o participaciones es significativa cuando, por su proporción, permite a la persona que la posea tener capacidad de influencia en la persona jurídica participada.

Los informantes no incurrirán en responsabilidad respecto de la adquisición o el acceso a la información que es comunicada o revelada públicamente, siempre que dicha adquisición o acceso no constituya un delito.

Cualquier otra posible responsabilidad de los informantes derivada de actos u omisiones que no estén relacionados con la comunicación o la revelación pública, o que no sean necesarios para revelar una infracción en virtud de la Ley 2/2023 será exigible conforme a la normativa aplicable.

En los procedimientos ante un órgano jurisdiccional u otra autoridad, relativos a los perjuicios sufridos por los informantes, una vez que el informante haya demostrado razonablemente que ha comunicado o ha hecho una revelación pública de conformidad con la Ley 2/2023 y que ha sufrido un perjuicio, se presumirá que el perjuicio se produjo como represalia por informar o por hacer una revelación pública. En tales casos, corresponderá a la persona que haya tomado la medida perjudicial probar que esa medida se basó en motivos debidamente justificados no vinculados a la comunicación o revelación pública.

En los procesos judiciales, incluidos los relativos a difamación, violación de derechos de autor, vulneración de secreto, infracción de las normas de protección de datos, revelación de secretos empresariales, o a solicitudes de indemnización basadas en el derecho laboral o estatutario, los informantes no incurrirán en responsabilidad de ningún tipo como consecuencia de comunicaciones o de revelaciones públicas protegidas por la Ley 2/2023. Dichas personas tendrán derecho a alegar en su descargo y en el marco de los referidos procesos judiciales, el haber comunicado o haber hecho una revelación pública, siempre que tuvieran motivos razonables para pensar que la comunicación o revelación pública era necesaria para poner de manifiesto una infracción en virtud de la Ley 2/2023.

Quedan expresamente excluidos de la protección prevista en la ley, aquellas personas que comuniquen o revelen:

  1. Informaciones contenidas en comunicaciones que hayan sido inadmitidas por algún canal interno de información o por alguna de las causas previstas en la ley.
  2. Informaciones vinculadas a reclamaciones sobre conflictos interpersonales o que afecten únicamente al informante y a las personas a las que se refiera la comunicación o revelación.
  3. Informaciones que ya estén completamente disponibles para el público o que constituyan meros rumores.
  4. Informaciones que se refieran a acciones u omisiones no comprendidas en el ámbito de la ley.

Medidas para la protección de las personas afectadas

Durante la tramitación del expediente las personas afectadas por la comunicación tendrán derecho a la presunción de inocencia, al derecho de defensa y al derecho de acceso al expediente en los términos previstos en la Ley 2/2023, así como a la misma protección establecida para los informantes, preservándose su identidad y garantizándose la confidencialidad de los hechos y datos del procedimiento.

La Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. podrá, en el marco de los procedimientos sancionadores que instruya, adoptar medidas provisionales en los términos establecidos en el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Supuestos de exención y atenuación de la sanción

Cuando una persona que hubiera participado en la comisión de la infracción administrativa objeto de la información sea la que informe de su existencia mediante la presentación de la información y siempre que la misma hubiera sido presentada con anterioridad a que hubiera sido notificada la incoación del procedimiento de investigación o sancionador, el órgano competente para resolver el procedimiento, mediante resolución motivada, podrá eximirle del cumplimiento de la sanción administrativa que le correspondiera siempre que resulten acreditados en el expediente los siguientes extremos:

a) Haber cesado en la comisión de la infracción en el momento de presentación de la comunicación o revelación e identificado, en su caso, al resto de las personas que hayan participado o favorecido aquella.

b) Haber cooperado plena, continua y diligentemente a lo largo de todo el procedimiento de investigación.

c) Haber facilitado información veraz y relevante, medios de prueba o datos significativos para la acreditación de los hechos investigados, sin que haya procedido a la destrucción de estos o a su ocultación, ni haya revelado a terceros, directa o indirectamente su contenido.

d) Haber procedido a la reparación del daño causado que le sea imputable.

Cuando estos requisitos no se cumplan en su totalidad, incluida la reparación parcial del daño, quedará a criterio de la autoridad competente, previa valoración del grado de contribución a la resolución del expediente, la posibilidad de atenuar la sanción que habría correspondido a la infracción cometida, siempre que el informante o autor de la revelación no haya sido sancionado anteriormente por hechos de la misma naturaleza que dieron origen al inicio del procedimiento.

La atenuación de la sanción podrá extenderse al resto de los participantes en la comisión de la infracción, en función del grado de colaboración activa en el esclarecimiento de los hechos, identificación de otros participantes y reparación o minoración del daño causado, apreciado por el órgano encargado de la resolución.

La Ley 2/2023 excluye de lo dispuesto en este apartado a las infracciones establecidas en la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

6.2.7 CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

El tratamiento de datos personales será realizado velando por el cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción , del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

Los datos personales objeto de tratamiento, los documentos aportados y cualesquiera otra información facilitada en la comunicación que contenga información personal, serán tratados de manera confidencial por los responsables del canal, así como por los administradores y posibles gestores, con la finalidad de cumplir con la obligación de investigar y gestionar la comunicación presentada así como para dar cumplimiento a las obligaciones legales establecidas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

El Sistema interno de información debe impedir el acceso no autorizado y preservar la identidad y garantizar la confidencialidad de los datos correspondientes a las personas afectadas y a cualquier tercero que se mencione en la información suministrada especialmente la identidad del informante en caso de que se hubiera identificado. La identidad del informante solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora, y estos casos estarán sujetos a salvaguardas establecidas en la normativa aplicable.

Si la información recibida contuviera categorías especiales de datos personales, sujetos a protección especial, se procederá a su inmediata supresión, salvo que el tratamiento sea necesario por razones de un interés público esencial conforme a lo previsto en el artículo 9.2.g) del RGPD, según dispone el artículo 30.5 de la Ley 2/ 2023.

En todo caso, no se recopilarán datos personales cuya pertinencia no resulte manifiesta para tratar una información específica o, si se recopilan por accidente, se eliminarán sin dilación indebida.

Las comunicaciones a las que no se haya dado curso solamente podrán constar de forma anonimizada, sin que sea de aplicación la obligación de bloqueo prevista en el artículo 32 de la LOPDPGDD.

El acceso a los datos personales contenidos en el sistema de información interno quedará limitado a:

  1. El Responsable del Sistema Interno del Canal.
  2. Al administrador/es delegado/s por el responsable del sistema.
  3. A los gestores designados para la tramitación de determinadas comunicaciones según el ámbito al que correspondan.

Los datos podrán ser puestos en conocimiento del Departamento Legal, Abogados, Órganos Judiciales y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en caso de que alguna de las informaciones recibidas fuera susceptible de ser consideradas delito o infracción legal de algún tipo.

Base legal del tratamiento: El tratamiento de datos personales, en los supuestos de comunicación internos, se entenderá lícito en virtud de lo que disponen los artículos 6.1.c) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y 11 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, cuando, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 13 de la ley, sea obligatorio disponer de un sistema interno de información. Si no fuese obligatorio, el tratamiento se presumirá amparado en el artículo 6.1.e) del citado reglamento. El tratamiento de datos personales en los supuestos de canales de comunicación externos se entenderá lícito en virtud de lo que disponen los artículos 6.1.c) del Reglamento (UE) 2016/679, 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y 11 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo.

Derechos del interesado: acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico a: iter@iter.es en los casos legalmente previstos.

Conservación: Los datos se conservarán por el plazo legal establecido para la tramitación del expediente y por el tiempo necesario para el ejercicio de acciones legales o si fuese necesario dejar evidencia de la gestión del canal. El interesado tiene derecho a su vez a presentar una reclamación a la AEPD en www.aepd.es para solicitar la tutela de sus derechos.

6.2.8 COMUNICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS

La empresa llevará a cabo capacitaciones periódicas y campañas de sensibilización para fomentar una cultura de integridad y transparencia, y para informar a los empleados y otras partes interesadas sobre el canal del informante. También proporcionará información sobre los derechos y protecciones que se ofrecen a los informantes en virtud de la Ley 2/2023.

La empresa se compromete a difundir esta política a todos los empleados y partes interesadas, y actualizará, al menos cada tres años y, en su caso, modificará esta política interna del canal, teniendo en cuenta la experiencia adquirida y las recomendaciones de la Autoridad Competente.

No existen quejas en el periodo 2023-2024

No existen quejas en el año en curso, 2025

No existe información estadística, al no existir quejas ni sugerencias.

Última actualización 07/07/2025

7. económico-financiera

  • Gastos patrocinio y publicidad 2024: 37.207,65€ 
  • Gastos patrocinio y publicidad 2023: 2.068,50€ 
  • Gastos patrocinio y publicidad 2022: No existen
  • Gastos patrocinio y publicidad 2021: 74.900,00€

Gastos en publicidad por años ODS

La Sociedad mantiene con Polígono Industrial de Granadilla S.A. un arrendamiento de la Finca donde se ubican las plantas Fotovoltaicas de los proyectos SOLTEN I y parcialmente SOLTEN II cuyas condiciones se recogen en el contrato de arrendamiento de suelo rústico formalizado en fecha 1 de junio de 2005. El plazo del arrendamiento es de 28 años. Por sus condiciones se trata de un arrendamiento operativo.
Al mismo tiempo, también está contratado el alquiler del terreno donde están ubicados los parques eólicos denominados Areté y La Roca. El contrato tiene fecha de 30 de septiembre de 2020, y su duración quedó vinculada a la vigencia de la concesión de producciópn de energía autorizada por la Administración competente,
Asimismo, se recoge en esta partida la cesión del 9% de los ingresos generados por la venta de energía producida por los parques eólicos La Roca, Arete y CMA, durante toda su vida útil, al Cabildo y el Ayuntamiento de Granadilla, según convenio formalizado con estas administraciones, de acuerdo a las bases del concurso de asignación de potencia eólica.La Sociedad mantiene con Polígono Industrial de Granadilla S.A. un arrendamiento de la Finca donde se ubican las plantas Fotovoltaicas de los proyectos SOLTEN I y parcialmente SOLTEN II cuyas condiciones se recogen en el contrato de arrendamiento de suelo rústico formalizado en fecha 1 de junio de 2005. El plazo del arrendamiento es de 28 años. Por sus condiciones se trata de un arrendamiento operativo.

Al mismo tiempo, también está contratado el alquiler del terreno donde están ubicados los parques eólicos denominados Areté y La Roca. El contrato tiene fecha de 30 de septiembre de 2020, y su duración quedó vinculada a la vigencia de la concesión de producciópn de energía autorizada por la Administración competente,

Asimismo, se recoge en esta partida la cesión del 9% de los ingresos generados por la venta de energía producida por los parques eólicos La Roca, Arete y CMA, durante toda su vida útil, al Cabildo y el Ayuntamiento de Granadilla, según convenio formalizado con estas administraciones, de acuerdo a las bases del concurso de asignación de potencia eólica.

  • Servicios exteriores

El detalle del gasto en servicios exteriores en 2024 y 2023 es el siguiente:

Concepto20242023
Arrendamientos y Cánones1.117.017,131.066.077,57
Reparaciones y Conservación1.305.407,00778.639,66
Servicios de profesionales52.261,7455.621,92
Primas de Seguros42.261,6737.429,13
Servicios Bancarios45.529,7944.458,46
Publicidad21.152,1870.369,77
Suministros1.533.789,181.242.170,52
Otros servicios1.084.865,23994.445,52
Total5.202.283,924.289.212,55

 

No existen gastos por este concepto en 2023-2024, ITER no concede subvenciones.

Última actualización 09/07/2025

8. contratos

INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ENERGÍAS RENOVABLES S.A.

Polígono Industrial de Granadilla S/N
38600 Granadilla de Abona
Santa Cruz de Tenerife
licita.iter@iter.es
Tel: 922 747 700
Fax. 922 747 701

Acceso al perfil del contratante

Órgano de contratación

Según lo establecido en el art. 61 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público el órgano de Contratación, que actúa en nombre del ITER, S.A., es el Director Técnico y de Gestión de la Sociedad.

No poder adjudicador

Según lo establecido en el artículo 3, apartados 1 y 3, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la empresa ITER S.A., no está considerada poder adjudicador, pero sí pertenece al Sector Público.

No existen licitaciones anuladas en 2024, 2023, 2022, 2021, 2020, ni en 2019.

Según lo establecido en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el Órgano de Contratación de la empresa ITER S.A., estará asistido en los procedimientos de licitación por una Mesa de Contratación. Estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen y por un Secretario. La composición de la Mesa se publicará en el Perfil del Contratante del Órgano de Contratación correspondiente que se encuentra alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Los miembros de la Mesa serán nombrados por el Órgano de Contratación y su convocatoria se realizará a través de los medios telemáticos habilitados al efecto en la Plataforma de Contratación del Sector Público. El Secretario deberá ser designado entre personal dependiente del Órgano de Contratación, y entre los vocales deberán figurar necesariamente una persona al servicio del Órgano de Contratación que tenga atribuidas las funciones correspondientes a su asesoramiento jurídico, y otra que tenga atribuidas las relativas a su control económico-presupuestario. No podrá formar parte de la Mesa de Contratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de que se trate.

Contratos menores

Modificaciones de contratos

No existen en 2023, ni 2024.

Revisión de precios

Tratándose de un contrato en el cual no concurren las circunstancias a que se refiere el art.103 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, no procede la revisión de precios.

Penalidades por incumplimiento

Según el art. 192 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, no existen penalidades por incumplimiento en los ejercicios: 2019,2020, 2021 y 2022.

Desistimiento y renuncia

No existen en 2023, ni 2024.

Acceso al perfil del contratante de ITER

Acceso a la plataforma de contratación

Última actualización 03/11/2025.

9. convenios y encomiendas

No procede la Encomienda de Gestión a la entidad Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A. al no preveerse los requisitos que para ello exige la Ley de Contratos 9/2017 del 8 Noviembre 2018

Última actualización 07/07/2025

10. concesión de servicios públicos

No existen ni se reciben contratos de concesión de servicios públicos ya que aunque el Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A., es una Sociedad Mercantil de carácter público, dependiente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y englobada en el sector público, no le es de aplicación la figura de la Concesión de servicios públicos, al no tratarse de una Administración Pública con competencias y servicios directos destinados a los ciudadanos.

Última actualización 07/07/2025.

11. ayudas y subvenciones

Resumen de la Imputación de Subvenciones de Capital y Explotación en Balance de Pérdidas y Ganancias por año.

Resumen de la imputación de subvenciones de Capital en Balance y Pérdidas y Ganancias por años

Última actualización 07/07/2025

12. estadística

No se prestan servicios de carácter público sólo privados de libre mercado, al tratarse de una sociedad mercantil perteneciente al sector público, por tanto no se puede trasladar ninguna información estadística.

Última actualización 07/07/2025.

13. derecho de acceso

El órgano encargado en materia de derecho de acceso es la propia entidad, no existiendo un órgano específico para tal fin.

INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ENERGÍAS RENOVABLES S.A.

Polígono Industrial de Granadilla S/N
38600 Granadilla de Abona
Santa Cruz de Tenerife
transparencia@iter.es
Tel: +34 922 747 700
Fax: +34 922 747 701

En cumplimiento de la citada Ley 19/2013, todas las personas que tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española.

Deberá cumplimentarse el formulario que se indica a continuación, y enviarlo, con la documentación identificativa si procede, a través de cualquiera de los registros válidos que prevé el Articulo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la dirección anteriormente mencionada

FORMULARIO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA WORD

FORMULARIO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA TXT

Derecho de reclamación TXT

La reclamación podrá presentarse en el registro del comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en cualquiera de los lugares previstos para la presentación de escritos dirigidos a la administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; es decir, registros oficiales del Gobierno de Canarias, Cabildos y Ayuntamientos, principalmente.

También puede remitirse firmada y por correo a:

Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Edificio del Parlamento de Canarias
C/ Teobaldo Power, 7
38002 Santa Cruz de Tenerife

FORMULARIO DE RECLAMACIÓN ANTE EL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA WORD
FORMULARIO DE RECLAMACIÓN ANTE EL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA TXT

El Comisionado de la Transparencia creó su administración y sede electrónica, donde también se pueden presentar las reclamaciones.

Conforme al artículo 53 de la Ley, la reclamación se interpondrá por escrito en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado; es decir, la respuesta escrita de la administración al solicitante. En el caso de falta de respuesta, de silencio administrativo, el plazo para reclamar es indefinido, después de que haya pasado un mes desde la presentación de la solicitud de información. La reclamación es siempre gratuita.

El escrito de interposición de la reclamación, dirigido al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, deberá contener:

  • La identificación de la persona interesada.
  • La indicación de la resolución expresa contra la que se reclama, o de la solicitud que ha sido denegada por silencio administrativo.
  • Los motivos por los que se reclama (no es obligatorio, pero puede ayudar a precisar las respuestas)
  • La dirección de contacto a la cual puedan dirigirse las comunicaciones a propósito de la reclamación.

Cuando la denegación del acceso a la información solicitada por el ciudadano a una administración se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros el Comisionado de la Transparencia otorgará, previamente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga.

La resolución de la reclamación no se producirá en plazo superior a tres meses desde la fecha de entrada de la misma en el registro del comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Existe 1 solicitud de derecho de acceso a la información pública durante el 2019 resuelta favorablemente.

No existen resoluciones denegadas, por ende, no se ha elaborado información estadística al no darse las circunstancias.

Aprobado en Consejo de Administración el 19/06/2019

No existe información estadística de acceso a la información pública durante el periodo 2021-2022-2023, ni 2024.

Última actualización 07/07/2025

14. protección de datos

  1. Identificación de la organización Responsable del tratamiento

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (GDPR), la organización Responsable del tratamiento es quién determina los fines y los medios del tratamiento de datos personales (Registros de actividades).

Nombre fiscalITER – Instituto tecnológico de energías renovables S.A.
NIFA38259115
ActividadInstituto tecnológico y de energías renovables
DirecciónPol. Industrial de Granadilla, s/n. 38660 – Granadilla de Abona, Santa Cruz de Tenerife, – 38660 Granadilla de Abona (Santa Cruz De Tenerife)
Teléfono922747700
E-maillopd@iter.es
Marca comercialITER
Webold.iter.es
E-mail Notificación AEPDlopd@iter.es
E-mail ejercicio derechoslopd@iter.es
DPOdpd@iter.es

Identificación del Delegado de protección de datos (DPO)

DirecciónPol. Industrial de Granadilla, s/n. 38660 – Granadilla de Abona, Santa Cruz de Tenerife, – 38660 Granadilla de Abona (Santa Cruz De Tenerife)
Teléfono922747700
E-maildpd@iter.es
Webold.iter.es

 

  1. Identificación de los tratamientos de datos personales tratados por cuenta propia.

Un registro de actividad es un conjunto estructurado de datos personales accesibles con arreglo a criterios determinados y susceptibles de tratamiento para un fin específico.

Registro de actividad del tratamientoDescripción
1 GESTIÓN DE NÓMINAS Y RECURSOS HUMANOSGestión administrativa y laboral del personal empleado en la organización
2 CLIENTESGestión comercial con clientes de las casas bioclimáticas.
3 FISCAL Y CONTABLERegistro de las obligaciones fiscales y contables sujetas a la actividad económica
4 CONTACTOS WEBComunicación, información y gestión sobre productos y servicios. Incluye contactos web y redes sociales
5 PROVEEDORES Y COLABORADORESGestión administrativa con proveedores y colaboradores. Incluye datos de contacto de personas físicas que presten servicios a una persona jurídica, inclusive los profesionales individuales.
6 VIDEOVIGILANCIAGrabación audiovisual de personas por motivos de seguridad
7 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESGestión de la prevención de riesgos laborales de los empleados
8 REGISTRO JORNADA LABORALRegistro horario de la jornada laboral para dar cumplimiento al RDL 8/2019 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo
9 SELECCIÓN DE PERSONALGestión de candidatos a empleados.
10 ATENCIÓN AL EJERCICIO DE DERECHOSAtender las solicitudes de los ciudadanos en el ejercicio de los derechos que establece el GDPR
11 AUDIOVISUALES DE EVENTOSGestión publicitaria audiovisual. Incluye imágenes (foto/vídeo) y sonido (voz) de personas obtenidas en lugares de acceso público, eventos y actividades y otros organizados por el Responsable o a los que este asiste.
12 COMUNICACIÓN Y PROMOCIÓNComunicación, información y gestión sobre eventos, actividades y otra información de interés. Se incluye el envío de información institucional, la gestión de los instrumentos de colaboración (convenios y protocolos), así como comunicaciones comerciales a través de newsletter.
13 SEGURIDADGestión y control del acceso a las instalaciones por motivos de seguridad
14 INVERSORES SOLTENGestión de los datos de personas físicas o en su caso datos de personas de contacto o representantes legales de empresas.
15 AGENDA INSTITUCIONALEsta actividad de tratamiento responde a las relaciones institucionales y de comunicación de ITER. Recoge su agenda institucional.
16 VISITAS A LAS INSTALACIONES 
  1. Registro de las actividades del tratamiento

De conformidad con el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (GDPR), la Organización deberá llevar y conservar actualizado un Registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su responsabilidad, en formato electrónico, que contenga:

  • Nombre y datos contacto del Responsable del tratamiento, y en su caso, del Corresponsable del tratamiento, del Representante del Responsable y del Delegado de protección de datos (DPO).
  • Fines del tratamiento.
  • Descripción de las categorías de interesados.
  • Descripción de las categorías de datos.
  • Categorías de Destinatarios.
  • Transferencias de datos a terceros países, con la identificación de los mismos y documentación de garantías adecuadas.
  • Cuando sea posible:
    • Plazos previstos para la supresión de las diferentes categorías de datos.
    • Descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad.

Los Responsables del tratamiento, o sus Representantes, deberán poner a disposición de la Autoridad de control este Registro de actividades, cuando ésta lo solicite.

Este Registro se ha documentado para cada uno de los Registros de actividades descritos en el apartado 2 y se detallan a continuación. Al final del documento se detalla una descripción general de las medidas técnicas y organizativas implementadas por la Organización, desde el diseño y por defecto en todas las fases del tratamiento.

GESTIÓN DE NÓMINAS Y RECURSOS HUMANOS

DescripciónGestión administrativa y laboral del personal empleado en la organización.
FinalidadesGestión de nóminas, Recursos humanos.
LegitimaciónPara la ejecución de un contrato o precontrato con el interesado.
Categorías de interesadosEmpleados.
Criterios de conservaciónConservados durante más tiempo del necesario para alcanzar los fines por una obligación legal.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual, Núm. de SS SS o mutualidad.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosCaracterísticas personales, Académicos y profesionales, Detalles de empleo, Económicos, financieros y de seguro, Transacciones de bienes y servicios.
Categorías de destinatarios
CesionesOrganismos de la Seguridad Social, los terceros indispensables para la gestión de la relación contractual (bancos y cajas de ahorro), así como a la Administración Pública con competencia en la materia.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

CLIENTES

DescripciónGestión comercial con clientes de las casas bioclimáticas.
FinalidadesGestión contable, fiscal y administrativa.
LegitimaciónPara la ejecución de un contrato o precontrato con el interesado.
Categorías de interesadosClientes y usuarios.
Criterios de conservaciónConservados durante más tiempo del necesario para alcanzar los fines por una obligación legal.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosCaracterísticas personales, Circunstancias sociales, Económicos, financieros y de seguro, Transacciones de bienes y servicios.
Categorías de destinatarios
CesionesAgencia tributaria, Administración Pública competente en la materia, así como a los terceros indispensables para el desarrollo de la relación contractual (bancos y cajas de ahorro).
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

FISCAL Y CONTABLE

DescripciónRegistro de las obligaciones fiscales y contables sujetas a la actividad económica.
FinalidadesGestión contable, fiscal y administrativa.
LegitimaciónTratamiento lícito sin necesidad de consentimiento por una obligación legal del Responsable del tratamiento.
Categorías de interesadosClientes y usuarios, Proveedores.
Criterios de conservaciónConservados durante más tiempo del necesario para alcanzar los fines por una obligación legal.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosNo se tratan.
Categorías de destinatarios
CesionesBancos, cajas de ahorro y cajas rurales, Administración tributaria.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

CONTACTOS WEB

DescripciónComunicación, información y gestión sobre productos y servicios. Incluye contactos web y redes sociales.
FinalidadesPublicidad y prospección comercial.
LegitimaciónConsentimiento explícito para fines determinados.
Categorías de interesadosClientes y usuarios, Personas de contacto, Solicitantes.
Criterios de conservaciónConservados indefinidamente mientras sea necesario para mantener el fin del tratamiento.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosInformación comercial
Categorías de destinatarios
CesionesNo hay previstas.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

PROVEEDORES Y COLABORADORES

DescripciónGestión administrativa con proveedores y colaboradores. Incluye datos de contacto de personas físicas que presten servicios a una persona jurídica, inclusive los profesionales individuales.
FinalidadesGestión contable, fiscal y administrativa
LegitimaciónTratamiento lícito sin necesidad de consentimiento por un interés legítimo del responsable del tratamiento o Tercero
Categorías de interesadosProveedores, Personas de contacto, Representante legal
Criterios de conservaciónConservados indefinidamente mientras sea necesario para mantener el fin del tratamiento
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto)
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosCaracterísticas personales, Circunstancias sociales, Información comercial, Transacciones de bienes y servicios
Categorías de destinatarios
CesionesNo hay previstas.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

VIDEOVIGILANCIA

DescripciónGrabación de imágenes de personas por motivos de seguridad.
FinalidadesVideo vigilancia, Fines de interés público basados en la legislación vigente.
LegitimaciónTratamiento lícito sin necesidad de consentimiento para el cumplimiento de un cometido de interés público.
Categorías de interesadosEmpleados, Clientes y usuarios, Proveedores, Personas de contacto.
Criterios de conservaciónConservados durante un máximo de 30 días para fines de videovigilancia.
Sistema de tratamientoAutomatizado (Digital).
Categorías de datos
Datos identificativosImagen.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosCaracterísticas personales.
Categorías de destinatarios
CesionesFuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

DescripciónGestión de la prevención de riesgos laborales de los empleados.
FinalidadesPrevención de riesgos laborales.
LegitimaciónTratamiento lícito sin necesidad de consentimiento por una obligación legal del responsable del tratamiento.
Categorías de interesadosEmpleados.
Criterios de conservaciónConservados durante más tiempo del necesario para alcanzar los fines por una obligación legal.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual, Núm. de SS SS o mutualidad.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosNo se tratan.
Categorías de destinatarios
CesionesNo hay previstas.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

REGISTRO JORNADA LABORAL

DescripciónRegistro horario de la jornada laboral para dar cumplimiento al RDL 8/2019 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
FinalidadesGestión de nóminas, Recursos humanos.
LegitimaciónTratamiento lícito sin necesidad de consentimiento por una obligación legal del responsable del tratamiento.
Categorías de interesadosEmpleados.
Criterios de conservaciónConservados durante 4 años para el registro horario de jornada laboral.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Identificador de usuario
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosNo se tratan.
Categorías de destinatarios
CesionesLos representantes de los trabajadores, la Inspección de Trabajo, la Seguridad Social, entre otros entes y órganos de la AAPP competente
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

SELECCIÓN DE PERSONAL

DescripciónGestión de candidatos a empleados.
FinalidadesRecursos humanos.
LegitimaciónConsentimiento explícito para fines determinados.
Categorías de interesadosSolicitantes.
Criterios de conservaciónConservados durante no más tiempo del necesario para alcanzar los fines.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosCaracterísticas personales, Circunstancias sociales, Académicos y profesionales, Detalles de empleo
Categorías de destinatarios
CesionesEn cumplimiento con la Ley de Transparencia, sus datos serán publicados en la página web de ITER.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

ATENCIÓN AL EJERCICIO DE DERECHOS

DescripciónAtender las solicitudes de los ciudadanos en el ejercicio de los derechos que establece el GDPR.
FinalidadesProcedimiento administrativo, Gestión contable, fiscal y administrativa.
LegitimaciónTratamiento lícito sin necesidad de consentimiento por una obligación legal del responsable del tratamiento.
Categorías de interesadosSolicitantes.
Criterios de conservaciónSe conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosNo se tratan.
Categorías de destinatarios
CesionesNo hay previstas.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

AUDIOVISUALES DE EVENTOS

DescripciónGestión publicitaria audiovisual. Incluye imágenes (foto/vídeo) y sonido (voz) de personas obtenidas en lugares de acceso público, eventos y actividades y otros organizados por el Responsable o a los que este asiste.
FinalidadesPublicidad y prospección comercial.
LegitimaciónConsentimiento explícito para fines determinados.
Categorías de interesadosEmpleados, Clientes y usuarios, Proveedores, Personas de contacto, Propietarios o arrendatarios, Representante legal, Beneficiarios, Cargos públicos.
Criterios de conservaciónConservados durante no más tiempo del necesario para alcanzar los fines.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosNombre y apellidos, Imagen.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosNo se tratan.
Categorías de destinatarios
CesionesOrganizaciones o personas directamente relacionadas con el responsable, Redes sociales de ITER.
Transferencias internacionales
Debido al uso de redes sociales, se realiza una transferencia internacional de datos.

 

COMUNICACIÓN Y PROMOCIÓN

DescripciónComunicación, información y gestión sobre eventos, actividades y otra información de interés. Se incluye el envío de información institucional, la gestión de los instrumentos de colaboración (convenios y protocolos), así como comunicaciones comerciales a través de newsletter.
FinalidadesPublicidad y prospección comercial.
LegitimaciónConsentimiento explícito para fines determinados.
Categorías de interesadosClientes y usuarios, Personas de contacto, Solicitantes.
Criterios de conservaciónConservados indefinidamente mientras sea necesario para mantener el fin del tratamiento.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosInformación comercial.
Categorías de destinatarios
CesionesNo hay previstas.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

SEGURIDAD

DescripciónGestión y control del acceso a las instalaciones por motivos de seguridad.
FinalidadesSeguridad y control de acceso a edificios.
LegitimaciónTratamiento lícito sin necesidad de consentimiento por un interés legítimo del responsable del tratamiento o tercero
Categorías de interesadosEmpleados, Clientes y usuarios, Proveedores, Personas de contacto
Criterios de conservaciónEn un mes a contar desde la fecha de su recogida.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Firma manual
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosNo se tratan.
Categorías de destinatarios
CesionesÓrganos judiciales, Fuerzas y cuerpos de seguridad
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

INVERSORES SOLTEN

DescripciónGestión de los datos de personas físicas o en su caso datos de personas de contacto o representantes legales de empresas.
FinalidadesGestión contable, fiscal y administrativa.
LegitimaciónPara la ejecución de un contrato o precontrato con el interesado.
Categorías de interesadosOtros colectivos de interesados: Inversores.
Criterios de conservaciónConservados durante más tiempo del necesario para alcanzar los fines  por una obligación legal.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosInformación comercial, Económicos, financieros y de seguro, Transacciones de bienes y servicios.
Categorías de destinatarios
CesionesBancos, cajas de ahorro y cajas rurales, Administración pública con competencia en la materia, Agencia Tributaria.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

 AGENDA INSTITUCIONAL

DescripciónEsta actividad de tratamiento responde a las relaciones institucionales y de comunicación de ITER. Recoge su agenda institucional.
FinalidadesGestión de la agenda institucional.
LegitimaciónTratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Categorías de interesadosRepresentantes legales, Personas físicas, incluidas las que representan a personas jurídicas, públicas y privadas.
Criterios de conservaciónSe conservarán mientras los interesados mantengan su posición profesional o en tanto no soliciten su supresión.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosNombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosNo se tratan.
Categorías de destinatarios
CesionesOrganizaciones o personas directamente relacionadas con el responsable.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

VISITAS A LAS INSTALACIONES

DescripciónGestión de los datos de solicitantes y visitantes a las instalaciones de ITER.
FinalidadesOtras finalidades: Gestión de los datos de visitantes a las instalaciones., Educación y cultura.
Legitimación

Tratamiento lícito sin necesidad de consentimiento por un interés público del responsable del tratamiento. 

En el caso de menores consentimiento explícito de los padres o tutores para fines determinados.

Categorías de interesadosEstudiantes, Padres o tutores, Representante legal, Otros colectivos de interesados: Menores.
Criterios de conservaciónConservados durante más tiempo del necesario para alcanzar los fines por una obligación legal.
Sistema de tratamientoParcialmente Automatizado (Mixto).
Categorías de datos
Datos identificativosDNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual.
Datos sensiblesNo se tratan.
Otro tipo de datosNo se tratan.
Categorías de destinatarios
CesionesNo hay previstas.
Transferencias internacionales
No hay previstas.

 

 MEDIDAS TÉCNICAS Y ORGANIZATIVAS DE SEGURIDAD

Locales o delegaciones

SEDE PRINCIPAL
Tipo de acceso al localEntrada libre con control de acceso (personal de recepción, vigilantes, etc.).Bajo
Sistema general de control de llavesLas llaves se guardan en un lugar seguro y con acceso autorizado a las mismasBajo
Otras medidas de seguridadVideovigilancia con grabación.Sin riesgo

Departamentos

OFICINA
Permiso:Limitado a personal autorizado en todo el Departamento.Bajo
Acceso:Acceso al Departamento regido por las medidas de seguridad del Local.Bajo
Control de llaves:Las llaves se guardan en un lugar seguro y con acceso autorizado a las mismas.Bajo
Otras medidas de seguridad:No existen otras medidas de seguridad.Bajo
TALLER
Permiso:Limitado a personal autorizado en todo el Departamento.Bajo
Acceso:Acceso al Departamento regido por las medidas de seguridad del Local.Bajo
Control de llaves:Las llaves se guardan en un lugar seguro y con acceso autorizado a las mismas.Bajo
Otras medidas de seguridad:No existen otras medidas de seguridad.Bajo

Confidencialidad de la información

Información del tratamiento al interesado
¿Se informa al interesado de los detalles del tratamiento?Sí, con cláusulas personalizadas de protección de datos.Bajo
¿Se informa al interesado de los derechos que le asisten?Sí, con cláusulas personalizadas de protección de datos.Bajo
Transporte y transmisión de datos
Transporte de los soportes dentro de la empresaPor personal autorizado por el Responsable del tratamiento con medidas de seguridad.Bajo
Transporte de los soportes fuera de la empresaPor personal autorizado por el Responsable del tratamiento con medidas de seguridad.Bajo
Procedimientos con datos automatizados (digital)
Acceso durante el tratamiento digital (pantallas)Se tratan impidiendo la visión de los datos a personas no autorizadas.Bajo
Almacenamiento de los soportes digitalesSe guardan en un Mobiliario y/o Departamento con medidas de seguridad.Bajo
Destrucción de soportes digitalesDestructora de soportes digitales.Bajo
Procedimientos con datos no automatizados (documentos)
Acceso durante el tratamiento manual (documentos)Se tratan impidiendo el acceso a los datos a personas no autorizadas.Bajo
Almacenamiento de documentosSe guardan en un Mobiliario y/o Departamento con medidas de seguridad.Bajo
Destrucción de documentosDestructora de papel.Bajo
Registro de accesos a categorías especiales de datos
¿Se lleva un registro de accesos a categorías especiales de datos?No se tratan categorías especiales de datos.Sin riesgo

Sistemas de información

Acceso a equipos informáticos
Control de acceso a equipos informáticosUsuario y contraseña personalizados.Bajo
Control de acceso a ficheros con datos personalesAcceso a los ficheros y/o programa mediante contraseña.Bajo
Otros tipos de acceso a equipos informáticosNingunoSin riesgo
Acceso a redes informáticas
Acceso directo a los sistemas de información (conexión de red)Usuario y contraseña personalizados.Bajo
Acceso inalámbrico a los sistemas de información (Wifi, Bluetooth, etc.)Acceso restringido por clave de seguridad.Bajo
Acceso remoto a los sistemas de informaciónUsuario y contraseña personalizados.Bajo
Cifrado de las conexiones remotasSí.Bajo
Sistema de identificación y autenticación
Sistema de identificación (USUARIO)Palabra identificativa y personalizada para cada usuario.Bajo
Sistema de autenticación (CONTRASEÑA)Contraseña personalizada para cada usuario.Bajo
Cifrado de la contraseñaLa contraseña está cifradaBajo
Combinación de caracteresLa contraseña se compone al menos de 8 caracteres, con algún número, mayúscula y minúsculaBajo
Intentos reiterados de accesoSe ha implementado un sistema que impide los intentos reiterados no autorizadosBajo
Caducidad de la contraseñaLa contraseña se cambia al menos una vez al añoBajo

Integridad de la información

Copias de respaldo
Ubicación de las copiasSe guardan en un Hardware distinto del que las crea (copia de red).Bajo
Periodicidad de programaciónSemanalmente, como mínimo.Bajo
Periodicidad de comprobación de datosComo máximo, 6 meses desde la creación.Bajo
Método de comprobación de datosAplicación informática de verificación de copias.Bajo
Copias de respaldo externas
Ubicación de las copias externasLocal o departamento distinto de donde se creó.Bajo
Periodicidad de programación de las copias externasSemanalmente, como mínimo.Bajo
Cifrado de los datos de las copias externasNo se cifran las copias porque no salen de los locales de la empresa.Sin riesgo
Disponibilidad de los datos
Disponibilidad de los servicios de informaciónExisten medidas para garantizar la disponibilidad de los datosBajo
Restauración de los servicios de informaciónExisten medidas para restaurar rápidamente la disponibilidad y el acceso a los datosBajo
Resiliencia de los servicios de informaciónExisten medidas para anticiparse y adaptarse a cambios imprevistos en los servicios de informaciónBajo
Procesos de verificación, evaluación y valoración de las medidas de seguridadExisten procesos para verificar, evaluar y valorar la eficacia de las medidas de seguridadBajo

Tratamientos específicos

Tratamientos específicos
Tratamiento de datos de niños menores de 14 añosNo se realizan tratamientos de datos de niños menores de 14 añosSin riesgo
Tratamiento de datos de personas en situación de vulnerabilidadNo se realizan tratamientos de datos de personas en situación de vulnerabilidadSin riesgo
Tratamiento de datos que puede invadir la intimidad de las personasNo se realizan tratamientos que pueden invadir la intimidad de las personasSin riesgo
Vulneración de los derechos y libertades fundamentalesNo se realizan tratamientos que vulneren los derechos o libertades fundamentalesSin riesgo

 

Última actualización 04/06/2025

15. Plan antifraude

En cumplimiento del artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y de la Orden HPF/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el ITER ha aprobado su Plan de Medidas Antifraude.

La normativa europea y estatal establece que todas las entidades, tanto decisoras como ejecutoras, que intervienen en la gestión de medidas vinculadas al PRTR deben disponer de un plan específico que garantice la protección de los intereses financieros de la Unión Europea. Dicho plan tiene como finalidad asegurar que los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) se gestionan de acuerdo con los principios de legalidad, eficacia y eficiencia, evitando y corrigiendo posibles situaciones de fraude, corrupción o conflicto de intereses.

Con este Plan, el ITER refuerza su compromiso con la integridad, la transparencia y la buena gestión de los recursos públicos, estableciendo un marco de prevención, detección y actuación frente a posibles riesgos. Asimismo, se recoge una estrategia que integra los valores de responsabilidad, cumplimiento normativo y optimización de recursos, con mecanismos de seguimiento y control que garanticen el uso adecuado de los fondos europeos.

📄 Plan de Medidas Antifraude del ITER

Última actualización 27/08/2025