2 ORGANIZATIVA 2.7 CAPITAL SOCIAL El capital social de ITER, S.A. al 31 de diciembre de 2023 se eleva a TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SETENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (32.970.078,70 euros), totalmente suscrito y desembolsado, representado por QUINIENTAS CUARENTA y OCHO MIL QUINIENTAS OCHENTA Y SIETE (548.587) ACCIONES nominativas de SESENTA EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (60,10) de valor nominal cada una de ellas numeradas correlativamente del uno (1) al quinientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y siete (548.587), ambos inclusive, y divididas en dos clases: a) La Clase A, QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTAS CINCO (527.705) acciones, pertenecientes al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, numeradas del 1 al 167.981, de la 180.556 a la 378.319, de la 380.220 a la 428.235, de la 430.136 a la 446.140 y de la 446.774 a la 544.712 todos inclusive, y que serán intransferibles. b) La Clase B, de VEINTE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS (20.882) acciones, pertenecientes: DOCE MIL QUINIENTAS SETENTA Y CUATRO (12.574) al Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., numeradas del 167.982 al 180.555, ambos inclusive, y al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife OCHO MIL TRESCIENTOS OCHO (8.308), numeradas de la 378.320 a la 380.219, de la 428.236 a la 430.135, de la 446.141 a 446.773 y de la 544.713 a 548.587 ambas inclusive. El siguiente cuadro refleja la composición del capital social al cierre del ejercicio 2023: Clase Cantidad Titular Numeración % de participacion A 527.705 Cabildo de Tenerife 1 a 167.981 180.556 a 378.197 380.320 a 428.235 430.136 a 446.140 446.774 a 544.712 96,19% B 8.308 Cabildo de Tenerife 378.320 a 380.219 428.236 a 430.135 446.141 a 446.773 544.713 a 548.587 1,51% B 12.574 ITC, S.A. 167.982 a 180.555 2,29% c) El 21 de septiembre de 2020 se registró el acuerdo de la Junta Extraordinaria y Universal de 27 marzo de 2019 donde aprobó reducir el capital social de la Sociedad por amortización de acciones propias en autocartera por importe de 965.025,70 euros correspondiente a 16.057 acciones en régimen de autocartera con número 167.92 a 184.038 ambos inclusive, de 60,10 euros de valor nominal. Dado que esas acciones se habían adquirido a un precio de 124,55 euros por acción (60,10 euros de valor nominal y el resto prima de emisión), esto supuso una disminución de la prima de emisión en 1.034.974,30 euros. d) En dicha Junta se acordó la re-enumeración de las acciones y cuando se eleve a público el capital social se fijará en TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SETENTA Y OCHO CON SETENTA CÉNTIMOS DE EURO (32.970.078,70 €) totalmente suscrito y desembolsado, representado por QUINIENTAS CUARENTA y OCHO MIL QUINIENTAS OCHENTA Y SIETE (548.587) ACCIONES nominativas de SESENTA EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (60,10) de valor nominal cada una de ellas numeradas correlativamente del uno (1) al quinientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y siete (548.587), ambos inclusive. Las acciones estarán representadas por títulos nominativos que serán emitidos por la Sociedad y se entregarán a los accionistas libre de cargas. Los títulos, que estarán numerados correlativamente y firmados por el Presidente y el Secretario del Consejo de Administración, se extenderán en libros talonarios pudiendo incorporar un mismo título una o más acciones. Contendrán los requisitos establecidos en el artículo 53 de la Ley de Sociedades Anónimas y se inscribirán en un libro-registro de la Sociedad en el que harán constar cuantos asientos legales sean preceptivos. La anotación en este libro-registro será necesaria para acreditar tanto la condición de socio como la constitución de derechos. La emisión de resguardos provisionales se efectuará con los mismos requisitos previstos en los artículos 53,55 y 58 del Texto Refundido de 22 de diciembre de 1989, en cuanto resulten aplicables. Cada acción concede a su titular la condición de socio y le atribuye los derechos reconocidos en el artículo 48 de la L.S.A así como cualesquiera otros establecidos en los presentes Estatutos y disposiciones vigentes. a) Las acciones de la serie A sólo podrán ser transmitidas a Entes Públicos. Cuando se desee vender acotares de la serie B el titular lo comunicará por escrito, con indicación del precio y demás condiciones al Consejo de Administración, para que en el plazo de un mes la Sociedad opte por su adquisición, dentro de los límites y con los requisitos que se señalen los artículos 75 y 76 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, o bien para que las ofrezca a los demás accionistas para que ejerciten el derecho de preferencia en la adquisición que por este precepto estatutario se les reconoce en el plazo de un mes. Transcurrido dicho plazo sin ejercitar el derecho de preferencia en la adquisición, el Consejo de Administración ofrecerá a organismos públicos o a empresas que puedan colaborar eficazmente en orden a la consecución del objeto social para que realicen la adquisición en el plazo de tres meses. Transcurrido este plazo se pueden transmitir a quien se desee. b) Si fueren varios los accionistas que pretenden ejercitar el derecho de preferente adquisición, las acciones serán distribuidas entre los accionistas interesados en proporción a las acciones que ya posean. Si, en aplicación de la regla de la proporcionalidad, resultase que alguna acción o acciones hubieran de ser adquiridas proindiviso, quedarán excluidas de dicha recta para ser adjudicadas entre los solicitantes por sorteo, que se efectuará ante el Consejo de Administración. c) El Excmo. Cabildo Insular de Tenerife deberá ser, durante la vida de la Sociedad, titular de una acción por lo menos. El precio de las acciones a los efectos de este artículo será el que previamente fija cada año y con esta finalidad la Junta General de Accionistas. d) En todo caso la transmisión de las acciones deberá ser comunicada por escrito a la Sociedad y anotada por el data en el libro correspondiente. e) La transmisión de acciones verificada sin ajustarse a lo dispuesto en los párrafos precedentes no obligará a la Sociedad, ni serán reconocidos como accionistas sus tenedores. Al dorso de todos los títulos figurarán impresas las limitaciones contenidas en este artículo. La Sociedad podrá emitir obligaciones nominativas o al portador, privilegiadas, simples, hipotecarias, con interés fijo o variable y amortización por sorteo, subasta o compra o de los tres modos, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 282 y siguientes del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y artículo 122 del Reglamento del Registro Mercantil, o de cualquier otra modalidad, a tenor de las normas reguladoras. Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A. Polígono Industrial de Granadilla s/n, 38600 – Granadilla de Abona, Santa Cruz de Tenerife – España. TEL: 922-747-700 FAX: 922-747-701 E-MAIL: iter@iter.es Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A. Polígono Industrial de Granadilla s/n, 38600 – Granadilla de Abona, Santa Cruz de Tenerife – España. TEL: 922-747-700 · FAX: 922-747-701 · E-MAIL: iter@iter.es · WEB: www.iter.es